Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
21/Jul/05 11:48
DECLARACION ANTE SRE

Hola : me dijeron que existe una declaracion que se presenta a relaciones exteriores por pago de intereses al extranjero mayores a 100,000 pesos alguien sabe cual es y donde la puedo conseguir
 
Atte: Luis A.C.
 
Perfil

unilwy
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Febrero 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jul/05 12:54
Re: DECLARACION ANTE SRE

No se hace ante la SRE sino en formato de impuestos normal, y se refiere a una retencion de impuesto por concepto de pago de intereses a instituciones financieras del extranjero.

Esta tipificaco en la LISR en el siguiente articulo
Artículo 51

Los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito del país deberán pagar el impuesto a la tasa del 4.9% por los ingresos por intereses que perciban del capital que coloquen o inviertan en el país, o que sean pagados por residentes en territorio nacional o residentes en el extranjero con establecimiento permanente en el país, sin deducción alguna.

El impuesto a que se refiere el párrafo anterior se enterará mediante retención que efectuarán las personas que hagan los pagos de intereses a que se refiere este artículo. Las instituciones de crédito podrán acreditar la retención efectuada contra el impuesto sobre la renta a su cargo, en la declaración del ejercicio, siempre que cuenten con la constancia de retención. En ningún caso procederá solicitar la devolución de los montos no acreditados en el ejercicio.

Cuando los intereses no se hubieren pagado a la fecha de su exigibilidad, el retenedor estará obligado a enterar una cantidad equivalente a la que debió haber retenido en la fecha de la exigibilidad.

Las instituciones de crédito deberán acumular a sus demás ingresos los intereses a que se refiere este artículo. Dichas instituciones, para los efectos del tercer párrafo del artículo 88 de esta Ley, no restarán del resultado fiscal el impuesto pagado conforme a este artículo.

Cuando la persona que pague los intereses cubra por cuenta del establecimiento el impuesto que a éste le corresponda, el importe de dicho impuesto se considerará interés.

No se causará el impuesto a que se refiere este artículo por los intereses que perciban dichos establecimientos y que, de haber sido pagados directamente a un residente en el extranjero, quedarían exceptuados del pago del impuesto sobre la renta en los términos del artículo 196 de esta Ley.

Espero te sea de utilidad
 

 
Perfil

jriojas
Soldado

Mensajes: 18
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Jul/05 20:49
Re: DECLARACION ANTE SRE

HMMM

NO CREO QUE TE REFIERES A LA DE LA SE (ANTES SE PRESENTABA ANTE LA SECOFI), CONJUNTAMENTE CON EL INFORME ECONOMICO ANUAL.


ME SUENA A QUE ESO ES LO QUE QUIERES SABER

EL 51 ES EL WTH PURO DEL SEC FINANCIERO (ERES SECTOR FINANCIERO)

SI ES LA DE LA SE, LA ENCUENTRAS EN LA PÁGINA DE LA SE Y LSO LINEAMIENTOS SI ES ESA APURATE PORQUE LA MULTA ESTÁ UN POCO GRUESA.

SI PUEDES DAR MÁS INF. PARA PODER AYUDARTE-


SALUDOS,
 
¿Quién sabe si el vivir no es una muerte, y sí, por el contrario, lo que llamamos morir no es sino el comienzo de la vida? Dios ha muerto ¡Dicen que lo mataron los hombres!
 
Perfil

FCAUNAM
Sargento Primero

Mensajes: 94
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
22/Jul/05 12:52
Re: DECLARACION ANTE SRE

Hola de nuevo lo que sucede es que tengo un credito en Dolares mi giro es de Construccion-Urbanizacion y pago intereses por ese Credito a Un Banco Extranjero yo ya realizo las retenciones por pago de intereses al extranjero de 4.9% pero me dijeron que existe una forma que se presenta ante la Secretaria de Relaciones Exteriores por pagos mayores a 100,000.00 pesos es la que quiero conseguir
 
Atte: Luis A.C.
 
Perfil

unilwy
Soldado

Mensajes: 4
Ingresó: Febrero 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1