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14/Jul/05 10:10
PREGUNTA

alguien me podria asesorar, si tengo obligacion de asegurar a una persona que esta dando sus practicas sociales en la empresa
 
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leon10
Soldado

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14/Jul/05 10:13
Re: PREGUNTA

Desde mi punto de vista creo que lo deberias afiliar mas que nada para evitarte muchos problemas con el imss . saludos :)
 
vive el hoy al maximo como si fuese el ultimo .
 
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CRUZAL
Sargento Segundo

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14/Jul/05 10:15
Re: PREGUNTA

gracias cruzal
 
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leon10
Soldado

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14/Jul/05 10:44
Re: PREGUNTA

Si elaboras una carta en la cual especificas que esta persona la tienes como practicante, algo asi como tipo contrato, en el cual además especifiques el número del imss facultativo que lo deben dar las escuelas de nivel medio superior, además de la carta de la institución educativa donde te soliciten prácticas para esta persona. creo que con esto no debes tener problema con el imss, yo nunca lo tuve.

Saludos.

espero esto te sirva.
 
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rojas
Cabo

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14/Jul/05 10:54

Si tienes la obligación de asesorarlo, porque si le sucede algo el negocio o la empresa que lo contrato para prestar las prácticas va a ser el responsable.

Para asegurar al practicante te recomiendo que lo asegures en una aseguradora por lo pronto, así fue cuando hice mis prácticas laborales, la asegurador fue en Seguros America, o cualquier aseguradora.

Saludos

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alberto05
Sargento Primero

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14/Jul/05 11:05
Re: PREGUNTA

Si la persona que tiene como practicante con cuenta con el seguro facultativo si sería obligatorio.
 
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rojas
Cabo

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14/Jul/05 12:27
Re: PREGUNTA

GRACIAS A TODOS POR LA ORIENTACION SALUDOS
 
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leon10
Soldado

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14/Jul/05 13:12
Re: PREGUNTA

a la orden.


saludos
 
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rojas
Cabo

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15/Jul/05 23:16
Re: PREGUNTA

No son sujetos de aseguramiento.

El ejercicio de las prácticas profesionales tiene por objeto que los estudiantes complementen su formación académica, esto es, que puedan poner en práctica los conocimientos adquiridos en las aulas, de ahí que las instituciones educativas realicen convenios con las empresas interesadas en realizar esta labor social.

Por lo anterior, aun cuando desempeñen ciertas actividades dentro de la empresa, no son trabajadores y por ende quedan excluidos de afiliación al Instituto Mexicano del Seguro Social, porque sólo son sujetos de aseguramiento al Régimen Obligatorio del Seguro Social, las personas físicas que se encuentran vinculadas a otras (morales o físicas) en virtud de una relación de trabajo, en términos del artículo 12, fracción I de la Ley del Seguro Social (LSS).
 
C.P. JUAN ANTONIO RAMIREZ ZAMARRIPA Puebla 514-4 Arbide 37360 León, Guanajuato Tel. 01 477 713 91 60
 
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antoniorz
Cabo

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16/Jul/05 10:07
Re: PREGUNTA

En el Plan Escuala Empresa (que puede aplicar a este caso) es necesario asegurar al estudiante con alguna prestadora de este servicio, además de cumplir con los demás requisitos que el Plan Escuala Empresa de indica.
 
Joel.
 
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JOELMORA
Teniente

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