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01/Jul/05 13:40
Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

Que tal estimados compañeros del Foro fiscal mas grande de latinoamercia (que barbero me he vuelto pero creo que asi es).

Mi duda, es referente a ¿los pagos de comisiones a PM recidente en el extranjero son deducibles para PM contribuyente en MExico?

Si es si ¿Cuales son los requisitos que se deben cumplir (comprobante, pago, etc)?

Agradezco su apreciable atencion, y como siempre a sus ordenes (empese barbero y termine peor).

Saludos!
 
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BR1
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01/Jul/05 14:23
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

Contestenme si no me corren y ando cansado..n en 3er lugar llego(a ver si funciona..jejeje)..

Ya en serio, lo que pasa es que no he encontrado en la Ley nada al respecto (nada negativo ni afirmativo)....
 
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BR1
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01/Jul/05 14:35

PUES LA VERDAD DESCONOZCO......ESTOY COMO LOCO BUSCANDO ALGO EN LEY......PERO HASTA AHORITA NO HE ENCONTRADO ALGO QUE ENCUADRE........SIGO BUSCANDO

SALUDOS
 
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lobozac
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01/Jul/05 14:38
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

Hoy fui al SAT a des-asesoria, y me atendio el mero mero (hasta tengo suerte), mi duda al principio era si procedia retencion (como ya lo toque el mes pasado en otro topico)....de plano me dijo: por que le vas a retener si el va a enterar sus impuestos en USA....sin fundamento....a que colega....pero en fin, regrese a la oficina y alguien me prefunto si seria deducible asi nomas por que si....y no le veo el por que no.....aunque argumentos puede haber de sobra, como que el comprobante no reune los requisitos fiscales ya que en USA son simples hojitas blancas papel bond, tinta negra, letras feas y mucha informacion (lo ultimo es broma)
 
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BR1
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01/Jul/05 14:44

CONCUERDO CONTIGO RESPECTO DE "y no le veo el por que no".......YA QUE SI HAY REGISTROS, PAGOS, POLIZA DECHEQUES, "AMARRES"..........PUES SERIA DEDUCIBLE

NO TENGO FUNDAMENTO PARA LO QUE ESTOY DICIENDO, SOLO ES COMENTARIO LOGICO
 
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lobozac
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01/Jul/05 14:45
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

[quote:49533ef553="BR1"]Hoy fui al SAT a des-asesoria, y me atendio el mero mero (hasta tengo suerte), mi duda al principio era si procedia retencion (como ya lo toque el mes pasado en otro topico)....de plano me dijo: por que le vas a retener si el va a enterar sus impuestos en USA....sin fundamento....a que colega....pero en fin, regrese a la oficina y alguien me prefunto si seria deducible asi nomas por que si....y no le veo el por que no.....aunque argumentos puede haber de sobra, como que el comprobante no reune los requisitos fiscales ya que en USA son simples hojitas blancas papel bond, tinta negra, letras feas y mucha informacion (lo ultimo es broma)[/quote:49533ef553]

Yo preguntaría??

Es un gasto estrictamente indispensable???
Debemos recordar que los USA tienen un sistema tributario diferente al nuestro. Y no podemos exigirle una cedula fiscal, un numero del sistema de impresion, una fecha de caducidad, un nombre del impresor.. No lo va a tener....
Eso de la retención y no habiendo justificación legal considero no aplicable.
Yo si lo haria deducible...
Claro esta pagando con cheque o haciendo un traspaso electronico..
Este mi punto de vista...
 
Que tengas un excelente dia!!!!
 
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HALCON_MILENARIO
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01/Jul/05 14:46
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

Buenas tardes:
Las comisiones pagadas a extranjeros son deducibles de acuerdo con la fracción XVIII, del artículo 31, de la LISR, y se deberán ceñir al artículo 45 del Reglamento de la LISR. (Deberán probar que quienes perciban dichos pagos están, en su caso, registrados para efectos fiscales en el país en qeu residen o que prestan declaración periódica del impuesto de dicho país).
 

 
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a_cano
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01/Jul/05 14:49
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

Asi es, de hecho solo como comentario, cuando le dije al estadounidense al principio que le retendriamos, solo el grito en el cielo, me puso a estudiar me avento a un despachote de categoria mundial, ya que textualmente me dijo "nuestra empresua ha realizadou uperaciunes a lo largo y anchou de tu pais y tu ser el primerou que me quiere retener impuestous...montery, Guadalajura, mejicou, las ciudades mas impoatanteus"..

En fin, termino ahora (despues de bastante tiempo) convencido que esta en lo correcto...eso si no me ha demostrado que no tiene establecimiento en el País México.......como podria hacerle????
 
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BR1
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01/Jul/05 15:01
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

hola:

Atendiendo a tu pregunta BR1 si es deducible el gastoa comisionistas residentes en el extranjero chequemos esto:


Art. 31 LISR.- Las deducciones autorizadas en este titulo deberan reunir los siguientes requisitos:

XVIII.- que tratandose de pagos efectuados a comisionistas y mediadores residentes en el extranjero, se cumpla con los requisitos de informacion y documentacion que señaleel reglamento de esta ley.

Art. 45 RISR.- .............los contribuyentes deberan probar que quienes perciban dichos pagos estan, en su caso, registrados para efectos fiscales en el pais en el que residan o que presenten declaracion periodica del impuesto de dicho pais.

Espero te sirva, nada mas para terminar quiero pensar que comisionistas se refiere tanto a PF como a PM

C.P. Cesar Martinez.
 
C.P. César Martínez
 
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cpcezar
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01/Jul/05 15:04
Re: Deducible o no deducible, he ahi el dilema!

Asi es, en nuetro caso es una PM
 
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BR1
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