30/Jun/05 11:37
Re: extranjero con fm3 asalriado?, asimilado? prestacion de
Cuando se cuenta con extranjeros laborando en nuestro país, hay que tomar en cuenta lo siguiente:
1. Que cuente con la forma migratoria (FM3) con permiso para laborar en dicha empresa. Este es un trámite que debe hacer el extranjero ante el Inst. Nacional de Migración, ahí le indicarán que requisitos debe cumplir y que datos debe proporcionar la empresa, recuerde que según nuestras leyes, si se puede contratar a extranjeros pero que cubran puestos que no pueden ser llenados por los nacionales y estos no deben de exceder del 10% del total de los trabajadores de la empresa.
2. Si es asalariado o asimilable, es obligación de la empresa darlo de alta ante la SHCP y es ella la que le asignará el RFC y CURP.
3. Si, lo contrata como profesionista, entonces, será él quien se de de alta ante la SHCP y cumplir con los requisitos que establece dicha secretaría (le van a pedir la FM3 con permiso de trabajo en su empresa), la SHCP le asignará su RFC y CURP.
4. Si no tiene permiso para laborar en México, tenga cuidado pues se puede meter la empresa un verdadero lío de caracter legal, no solamente con la SHCP, ST y GOBERNACION.
Si requiere de mayor información al respecto, con gusto puede escribirme, nosotros tenemos a 20 extranjeros (técnicos profesionales, especialistas, etc, etc) laborando para nuestras empresas, y cumplimos con todo este rollo, el chiste es protegernos.
C.P. Luis Manuel Guido Díaz
Tenancingo, Edo. de Méx.
aluxe_tenancingo@yahoo.com.mx