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22/Jun/05 22:40
DECLARACION ANUAL 2004

SI UNA PERSONA FISICA NO HIZO DECLARACION ANUAL PORQUE NO RECIBIO INGRESOS PUEDO HACERLA TODAVIA POR INTERNET O EN LA ADMINISTRACION Y ES QUE EL SAT MANEJA DECLARACION 2005 Y EL PROGRAMA NO ME ACEPTA TODO EN CEROS QUE HAGO GRACIAS
 
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gegaji
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23/Jun/05 8:56
Re: DECLARACION ANUAL 2004

Debes presentarla de ya, antes de que medie un requerimiento:

Deberán presentar la declaración por [u:15a666b358]Internet[/u:15a666b358] las siguientes personas:
* Quienes realicen actividades empresariales, es decir, comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca, sílvícolas y de autotransporte, cuando sus ingresos en el año anterior hayan sido superiores a $1'750,000.00.
* Quienes presten servicios profesionales independientes (por honorarios) o renten bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior hayan sido superiores a $300,000.00.
* Quienes obtengan ingresos por sueldos y salarios o por cualquier otro concepto, como intereses, honorarios, renta de inmuebles, entre otros, y la suma de ambos ingresos excedan de $300,000.00. Estos contribuyentes podrán optar por presentar su declaración mediante la forma fiscal 13 "Declaración del Ejercicio. Personas Físicas" siempre que durante 2004 no hayan efectuado pagos por Internet mediante transferencia electrónica a través de los portales de los bancos autorizados.

Las personas que se encuentren en los siguientes casos podrán presentar su declaración por ventanilla bancaria o en Módulos de Asistencia del SAT, utilizando las [u:15a666b358]formas fiscales[/u:15a666b358], que les corresponda de acuerdo a sus ingresos:
* Quienes realicen actividades empresariales, es decir, comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, de pesca, silvícolas y de autotransporte, cuando sus ingresos en el año anterior hayan sido de hasta $1'750,000.00.
* Quienes presten servicios profesionales independientes (por honorarios) o renten bienes inmuebles y sus ingresos el año anterior hayan sido hasta de $300,000.00.
* Quienes obtengan ingresos por sueldos y salarios exclusivamente.
*Quienes obtengan ingresos por sueldos y salarios, y que además perciban cualquier otro concepto como honorarios, renta de inmuebles, entre otros, y la suma de todos sus ingresos no exceda de $300,000.00.
 
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla' http://groups.msn.com/AportacionesFiscales/home.htm SALUDOS
 
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jjfarias
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