15/Jun/05 9:59
Re: AYUDA POR FAVOR¡¡¡ ME URGE
[quote:9bbf0bde32="mvazquezs22"]HOLA¡
TENGO UNA GRAN DUDA, ES LA APLICACION DE UNA MULTA QUE ME ACABA D LLEGAR EXPLICO.
EL 26 DE MAYO DE 2003, ME REQUIRIERON DECLARACION DEL ENTERO MENSUAL DE RETENCION DEL ISR DE INGRESOS POR SALARIOS DE MARZO DE 2003., YO LA PRESENTO EL 29 DE MAYO DE 2005, EL 3 DE OCTUBRE ME NOTIFICAN UNA MULTA, POR HABER PRESENTADO LA DECLARACION A REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD., LA CUAL PAGUE.
A FINALES DE 2004, ME PRACTICARON UN AUDITORIA POR PARTE DE LA SECRETARIA DE FINANZAS, EL CUAL UNAS DE LAS DIFERENCIAS FUE SOBRE ESE MISMO CONCEPTO, Y PRESENTE UNA DECLARACION COMPLEMENTARIA POR CORRECCION FISCAL, EL 14 DE MAYO DE 2005, EN EL QUE PORSUPUESTO EL IMPUESTO OMITIDO SE PAGA CON REGARGOS, ACTUALIZACION Y UNA MULTA POR LA CORRECCION. EL 27 DE MAYO ME NOTIFICAN UNA MULTA BASANDOSE EN QUE ES PORQUE PRESENTE DECLARACION A REQUERIMIENTO DE LA AUTORIDAD, LA INFRACION COMO EN LA PRIMERA , ERA EN BASE AL ART. 81 fracc I DEL C.F.F.
Si hay razon de ser de la ultima multa?????? La debo pagar o con que sustento legal puedo cancelarla.
gracias[/quote:9bbf0bde32]
Veamos mvazquez
Por lo que comentas los antecedentes segun yo estuvieron asi:
EL 26 de Mayo del 2003 el SAT te requirio la Declaracion de Ret ISR por salarios;
El 29 de Mayo del 2005 (Supongo que fue del 2003) presentaste esa declaración que omitiste;
El 3 de Octubre (No mencionas año) te llego la multa, misma que pagaste.
Ahora bien
A finales del 2004 se practico una fiscalización por parte de la Sria de Finanzas de tu Estado, en la cual te determinaron diferencias por la mencionada declaración, para lo cual el dia
14 de Mayo del 2005 presentaste con correción esa misma, junto con sus accesorios y la multa.
Ahora te llega una multa en virtud de que presentaste la declaración a requerimiento de Autoridad, de conformidad con el Art. 81 Fracc. I del CFF, situación que no se da, toda vez que no existe un requerimiento formal, sino que la Autoridad fiscalizo y determino una omisión en las pagos provisionales que presentaste. Es decir omitiste el pago y la infracción sanciona la omisión de la presentación de una declaración, hipotesis que marca dicho numeral.
En el cuerpo de la multa que te imponen, debe venir la fecha de notificación del requerimiento, asi como la debida fundamentación y motivación, aunado a que sea emitido por Autoridad Competente, no se de que Estado seas, pero por experiencia te dire, que normalmente dichas multas carecen de los requisitos antes mencionados mismos que puedes encontrar en el 38 del CFF.
Asi que puedes optar por el Recurso de Revocación considerado en el CF de tu Estado o acudir mediante la Via Contenciosa Administrativa de tu Estado si la legislación lo permite.
SUERTE
'Todos somos iguales ante la Ley, pero no ante los encargados de aplicarla'
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SALUDOS