09/Jun/05 18:21
Re: DECLARACION RIESGO DE TRABAJO
[color=black:0c05bafca8]Reglamento de Afilaicion, Clasificación, Recaudación
Artículo 34
Para que el patrón determine su prima deberá llevar un registro pormenorizado de su siniestralidad, desde el inicio de cada uno de los casos hasta su terminación, estableciendo y operando controles de documentación que él genere, así como de la que elabore el Instituto, esta ultima información, será entregada al trabajador o a sus familiares para que la hagan llegar al patrón, con el fin de justificar sus ausencias al trabajo o al momento de reincorporarse al mismo.
aquí viene lo bueno
El patrón estará obligado a recabar la documentación correspondiente del trabajador o sus familiares y si estos omiten la entrega, el propio patrón deberá obtenerle del Instituto..[/color:0c05bafca8]
Que les parece....ta cañon
SE ACERCA LA HORA O, TAL VEZ SEA ESTE UNO DE LOS ULTIMOS MENSAJES, NUEVAMENTE GRACIAS A TODOS