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Tópico: APORTACION CAPITAL EN ESPECIE (MERCANCIA)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 26, 2007 Asunto: Re: APORTACION CAPITAL EN ESPECIE (MERCANCIA)
En la aportación a capital la empresa sí lo pago, ya que emitió acciones; por otro lado, aunque los aporte a capital, tiene que expedir el comprobante fiscal correspondiente, ya que es lo que le da la propiedad a la empresa de los bienes aportados. Se causa IVA en la operación.
Tópico: Fusion de Sociedades
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2007 Asunto: Re: Fusion de Sociedades
La limitante de 5 años es simplemente para que la fusión no sea considerada enajenación. A la fecha no le veo ningún efecto negativo al hecho de haberte fusionado y no haberte dictaminado ya que cualquier crédito fiscal que se haya generado ya prescribió.
Tópico: Terrenos en ietu
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2007 Asunto: Re: Terrenos en ietu
El terreno adquirido por la persona moral en el ejercicio fiscal 2005, si fue deducido con base en el artículo 225 de la LISR, y generó pérdida y está pendiente de amortizar, se reconocerá un 5% del valor para crédito IETU. Si no se dedujo, se considerará un crédito del 6%, como inventario. los dos créditos serián diferidos a 10 años. y sí, lamentablemente tendrás que acumular todo el ingreso y pagar sobre la base con la deducción mínima que te dije. existen dos o tres salidas para no pagar IETU. Saludos.
Tópico: APORTACION CAPITAL EN ESPECIE (MERCANCIA)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 24, 2007 Asunto: Re: APORTACION CAPITAL EN ESPECIE (MERCANCIA)
Sí está pagando el costo de la mercancía por la aportación; esta dando acciones, sí tiene costo de lo vendido. y sí tiene efecto de deducción en materia de IETU. Lo anterior es así, ya que sí está enajenando al aportar a la Sociedad Anónima, hay que considerar qué valor tienen los bienes y a qué valor los reconoce la sociedad para que incluso no se le genere utilidad a la persona física en la aportación.
Tópico: FUSION, PIDO SU OPINION SOBRE CASO CONCRETO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 16, 2007 Asunto: Re: FUSION, PIDO SU OPINION SOBRE CASO CONCRETO
a ver ¿¿No entiendo eso de la congruencia en la contabilidad, en dónde en alguna ley dice eso???, además no propuse poner operaciones simuladas y que no se pongan en la contabilidad, sí se registrarían de manera congruente. Ninguna ley dice que debe existir concordancia, amén de que no fue lo que se propuso. y ¿A qué conclusión puede llegar el auditor??, si todo está conforme a derecho, que le moleste al auditor no significa que puede determinar un crédito fiscal porque NO TENDRÍA BASE JURÍDICA PARA ELLO. Creo que no es bueno que se den opiniones de ese tipo porque no deja a la gente hacer su trabajo, les creas un temor infundado, es decir, no creo que se deban dar opiniones sin base jurídica alguna, y nada mas por decir lo primero que se nos viene a la mente.
Tópico: FUSION, PIDO SU OPINION SOBRE CASO CONCRETO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2007 Asunto: Re: FUSION, PIDO SU OPINION SOBRE CASO CONCRETO
Discúlpame, pero no te entendí.
Tópico: FUSION, PIDO SU OPINION SOBRE CASO CONCRETO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2007 Asunto: Re: FUSION, PIDO SU OPINION SOBRE CASO CONCRETO
Mira, te voy a decir gratis como hacerle : 1.- Primero, amortiza toda la pérdida contra un ingeso que tengas, celebra un contrato en el que no optes por acumular solamente la parte del precio cobrado, acumulalo todo, celebralo si quieres con una persona física, sácale una copia certificada para darle fecha cierta al contrato. 2.- Fusiona las dos empresas creando una nueva. 3.- Rescinde el contrato celebrado a fin de poder deducir el monto de la devolución y crear pérdida de nueva cuenta. 4.- Vende el terreno amortizando la ganancia en enajenación del terreno contra la deducción por la devolución. Existen muchísimas más opciones, espero que por lo menos ésta te sirva de algo.
Tópico: P/echar abajo todo lo que sabíamos de gan en vta de act fijo
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 30, 2006 Asunto: Re: P/echar abajo todo lo que sabíamos de gan en vta de act
No se preocupen raza, esa tesis la emitieron crudos desvelados o borrachos, existen diversos criterios del poder judicial de la federación que la contradicen; en colegiados los ganas porque lo ganas
Tópico: Enajenación de acciones ¿obligaciones?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 18, 2006 Asunto: Re: Enajenación de acciones ¿obligaciones?
Ahí les van unas consideraciones, les recomiendo checar los fundamentos de ley y las distintas formas de llevar a cabo una venta de acciones; Primero, si son acciones representativas de capital en su parte variable, ni siquiera se tiene que asentar la modificación de los estatutos ante notario, de conformidad con los artículos 181, 182 y 194 de la LGSM; si se cambia la tenencia accionaria del capital mínimo sí se cambian los estatutos, por ende, si hay que hacerlo mediante asamblea extraordinaria (esa modificación) y ante notario. Ahora bien, POR LO GENERAL, no siempre, el capital mínimo fijo es de 50,000, entonces, la enajenación de dichas acciones, si no se hace a un valor más alto, tiene una reposnabilidad mínima, que incluso no se encuentra prevista de manera precisa en la ley. Sin embargo, de conformidad con el artículo que cita la contadora, el 26 fracción XI del CFF, la responsable solidaria es de la persona moral que ha asentado en sus libros la enajenación y cambio en tenencia accionaria. En lo personal, si no es ninguna maroma lo que van a hacer, y van a enajenar acciones del capital mínimo fijo, en mérito de que la reponsabilidad es mínima, ni siquiera hago el dictamen; Saludos
Tópico: Ddeduccion de terrenos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2006 Asunto: Re: Ddeduccion de terrenos
Yo te puedo decir como deducir el costo de adquisición del terreno..... es planeación fiscal, soy abogado, si te interesa te podemos maquilar todo, claro, primero checa si te conviene deducir el costo, quiza tengas gastos que puedas meter y no es del todo conveniente, pero si te aseguro que se puede deducir, de manera muy fácil; cobramos de un 20% al 30% sobre lo ahorrado. Sinceramente, no le veo dificultad alguna, está fácil; si es de una persona moral, incluso podemos meter bastante pérdida para que no pagues ISR el tiempo que quieras, mi mail es vgonzalez@avilamontemayor.com; Saludos Cordiales

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