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Tópico: recibo de analisis medicos ?
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto: Re: recibo de analisis medicos ?
Ok, gracias por sus comentarios
Tópico: recibo de analisis medicos ?
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto:
[quote:7aecf3cb38="LEALQUIQUE"]tambien debe cobrarte iva, pues son estudios y analisis, recuerda que el art 15 exenta los sevicios de medicina, nos los analisis clinicos. .................. en todo caso monto 1.000 iva.........150 st........1.150 ret iva..100 ret isr...100 total.......950 ............................... claro que estamos hablando de PM. verdad,? ........... saludos! ........... fundamentos 127 LISR, 1-a LIVA; no aplica 15 LIVA.[/quote:7aecf3cb38] exactamente, P.M. aqui el detalle fue, que estuve viendo ese art. del iva y en reglamento y supuestamente esta exento de iva cuando preste serv. medicos y se requiera titulo, y pues no cualquiera te saca analisis medicos. Entonces ahi surgio la duda, porque regreso el recibo para que me lo cambien o que recomiendan. gracias y espero mas comentarios
Tópico: recibo de analisis medicos ?
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 07, 2005 Asunto: recibo de analisis medicos ?
Buenas tardes colegas. disculpen mi pregunta, pero he buscado fundamentos para este asunto y nada mas no puedo aterrizarlo muy bien, porque me llego un recibo de honorarios de un doctor donde me esta cobrando analisis medicos ( estudios y analisis ), pero su recibo me lo expidio asi. Honoratios 1,000.00 iva ret. iva ret isr Total 1,000.00 que yo recuerdo hon. med. esta exento de iva, por lo consiguiente no existe ret. de iva, pero en ret. isr. si existen o no. espero y alguien me apoye con mas fundamentos o me digan su opinion gracias y estamos en contacto
Tópico: retencion de iva cuanto?
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2005 Asunto: Re: retencion de iva cuanto?
Perdon por abrir este topico de nuevo, pero me surgio una duda, a lo mejor muy simple, pero gracias por sus comentarios. Para comisionistas no hay retencion de ISR o tambien. Saludos a todos.
Tópico: Error en fechas o que ?????????
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2005 Asunto: Re: Error en fechas o que ?????????
Gracias por sus comentarios, pero aun asi tengo dudas. Algun otro comentario. !!!!!!!!!!!!!!!!!!!! :(
Tópico: Error en fechas o que ?????????
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 06, 2005 Asunto: Error en fechas o que ?????????
Buenos dias colegas. Haber si alguien me pudiera dar su comentario de los siguiente. El acta constitutiva de una empresa tiene fecha de constitucion en julio del 2003 y apenas en enero de este año ( 2005 ) se dio de alta en hacienda. En la cedula de identificacion fiscal, viene registrado como fecha de inscripcion 01/01/2005 y fecha de inicio de operaciones 17/07/2003. Esto es correcto ? Si, si lo es, debo presentar pagos prov. y anuales a la fecha ? o bien; que es lo que me recomiendan hacer. Realmente empezamos operaciones en este año, debido a que hasta este año, los accionistas dieron luz verde para empezar a operar. Saludos, y espero no haberlos confundido. Gracias de antemano :)
Tópico: SALUDOS BUEN DIA......
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2005 Asunto: Re: SALUDOS BUEN DIA......
Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, [color=red:4cd681f997]deducirá, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida.[/color:4cd681f997] En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en el artículo 27 de esta Ley. saludos y buena aportacion Mem
Tópico: SALUDOS BUEN DIA......
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 05, 2005 Asunto: Re: SALUDOS BUEN DIA......
Este parrafo es el que menciona Mem, y es ese el fundamento que buscas [color=red:07aac46407]Cuando el contribuyente enajene los bienes [/color:07aac46407]o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en el artículo 27 de esta Ley. saludos y buena aportacion Mem
Tópico: ESTARA BIEN ESTE REGISTRO DE ISR ??
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto: Re: ESTARA BIEN ESTE REGISTRO DE ISR ??
[quote:8cc79c4cff="cpcezar"]hola: A diferencia de lepayan yo no hago la cancelacion de los anticipos en la provision anual, porque se debe provisional el ISR causado en el Ejercicio, la cancelacion de los anticipos la hace en el pago del impuesto cuando hubiera impuesto a cargo. 31-Dic-04. ISR del Ejercicio (resultados) ISR del Ejercicio (Pasivo) 31-Marzo-05 ISR del Ejercicio (Pasivo) Pagos Provisionales ISR (Activo) Bancos (Bancos) El importe de bancos debera de coincidir con el impuesto a pagar de tu papel de trabajo. El nombre de las cuentas es el que le asigne cada quien, es solo para ejemplificar, tenemos que recordar que se provisiona el ISR Causado y no el Neto o a Pagar por PCGA. C.P. Cesar Martinez[/quote:8cc79c4cff] Tambien podria ser asi, solo que me queda una duda, si llegas a tener un saldo a favor, cuando lo registrarias al cierre en dic. o hasta marzo, cuando presentes la declaracion anual como mencioneas en tu ejemplo. Saludos
Tópico: AYUDA EN PP'S
lepayan

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2005 Asunto:
[quote:73f5c18a9a="Migra"]LOBOZAC PERO EN EL PORTAL DEL BANCO NO ME DA LA CORRECCION, LA PUEDO HACER EN LA PAGINA DEL SAT???? COMO????[/quote:73f5c18a9a] Seria meter una complementaria por correccion como lo comenta, nada mas que si en tu pagina del banco no esta ese concepto, solo manejalo como complementaria. Ya que en la pagina del SAT, no puedes hacer correciones de ese tipo. Saludos

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