Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de DanielGEC18

Autor Mensaje
Tópico: Dudas respecto a envío Contabilidad electrónica
DanielGEC18

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 16, 2018 10:21:20 Asunto: Re: Dudas respecto a envío Contabilidad electrónica
Gracias mi estimado. Olvide anexar la respuesta del caso de aclaración que ingrese el cual anexo al presente: ACUSE DE RESPUESTA IZTACALCO, CIUDAD DE MÉXICO, a 12 de Octubre de 2017 'Año del Centenario de la Promulgación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos' Clave de RFC: Folio: Nombre: ESTIMADO CONTRIBUYENTE: Se informa respecto de la atención brindada a su Aclaración, que se recibió con el número de Folio RESUMEN DE SU SERVICIO SOLICITADO: Opción mis cuentas ATENCIÓN O RESPUESTA: 'Srita. contribuyente: Te informamos que tu caso de aclaración fue recibido, por lo que si cumples con los supuestos de la regla [u]2.8.1.19., de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2016[/u], se considera que optaste por utilizar la aplicación 'Mis Cuentas'. Si por tus características te ubicas en supuestos distintos a los indicados en la regla citada con anterioridad; la presentación del caso de aclaración no te otorga el derecho de utilizar dicha aplicación ni te releva de cumplir con tus obligaciones fiscales.' SAT... ¡ LA DUDA QUE TENGO ES QUE HACE REFERENCIA A LA RFM DE 2016!!
Tópico: DUDA CFDI RECEPCION PAGO CHEQUE OTRO BANCO
DanielGEC18

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2018 17:34:29 Asunto: DUDA CFDI RECEPCION PAGO CHEQUE OTRO BANCO
Buenas tardes, tengo un cliente que me pago con un cheque de otro banco , el cual fue depositado el día de hoy. Para evitar realizar el CFDI Recepción de Pago, cuando debo timbrarle su Factura CFDI ver. 3.3 por la compra, Hoy o mañana? Gracias por sus comentarios. Saludos.
Tópico: Dudas respecto a envío Contabilidad electrónica
DanielGEC18

Mensajes: 3
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2018 12:26:08 Asunto: Dudas respecto a envío Contabilidad electrónica
Buen día, tengo las siguientes dudas acerca del envío de contabilidad electrónica 1.- Antecedentes Tengo un nuevo cliente en el régimen de las personas físicas con actividad empresarial y profesional. Contrato mis servicios en agosto 2017 y regularice su situación fiscal de dicho ejercicio, también opte por enviar el caso de aclaración de la regla 2.8.1.19 'Opción para utilizar Mis cuentas' y así no estar obligado al envío de la contabilidad electrónica. Esta aclaración la envíe el 11 de septiembre 2017. 2.- Regla Miscelánea Fiscal 2016,2017,2018 RMF2016.- Haciendo referencia a la regla fiscal 2.8.1.19 que estuvo vigente en el ejercicio 2016, se tenía la opción de no enviar contabilidad electrónica a partir del 1º Enero 2015, siempre y cuando se utilizara la herramienta 'Mis cuentas' y no se hubieran rebasado los ingresos acumulables de $4,000.000 en los ejercicios 2013 o 2014 y 2015. Esto enviando caso de aclaración antes del 30 de Abril 2016. RMF2017- Para el ejercicio 2017. La regla fiscal 2.8.1.19 se reforma con el último párrafo que a la letra dice: El caso de aclaración a que se refiere el primer párrafo de esta regla, deberá presentarse a más tardar el último día del mes de febrero de 2017, en caso de que los contribuyentes se inscriban, reanuden actividades o actualicen actividades económicas y obligaciones en el RFC con posterioridad a dicha fecha, deberán presentar el caso de aclaración dentro del mes siguiente contado a partir de la fecha en que realice su inscripción, reanudación o actualización en el RFC, siempre y cuando no hayan estado obligados a enviar al SAT su contabilidad electrónica.[R] RMF2018.- Y para el ejercicio 2018. La regla fiscal 2.8.1.19 se reforma con el último párrafo que a la letra dice: Dice los mismo que en el ejercicio 2017, solo cambio la fecha de presentación 'deberá presentarse a más tardar el último día del mes de febrero de 2018'. 3.- Dudas Como se darán cuenta tengo confusión en las fechas que indica dicha regla de cada ejercicio por el envío de aclaración, y las interrogantes que me surgen son: * ¿Tengo la obligación de enviar un caso de aclaración por cada año de cada persona físca? * Si envíe mi caso de aclaración de cada uno de mis clientes antes del 30 de abril 2016, como lo indicaba la rmf2016, ya no estaré obligado a enviar mi contabilidad en ningún ejercicio posterior? * En el caso de mi nuevo cliente que envíe el caso en septiembre 2017. ¿Estaré obligado al envió de contabilidad electrónica en todos los meses del ejercicio 2017? * Siguiendo con la interrogante anterior para 2018 ¿podré enviar el caso de aclaración antes del 28 de febrero 2018 y estaré relevado de enviar mi contabilidad por dicho ejercicio? Gracias de antemano y estoy a sus órdenes al respecto Feliz año 2018!!!

Página: 1