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Tópico: DEDDUCCION VEHÍCULOS TODO-TERRENO PM
BR11

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2018 10:21:27 Asunto: Re: DEDDUCCION VEHÍCULOS TODO-TERRENO PM
Buenos días. ¿Cuál es la actividad con la que se tiene registrada a dicha persona moral ante el SAT? ¿Son automóviles las unidades que adquirirá para renta? LISR [i]Artículo 36. La deducción de las inversiones se sujetará a las reglas siguientes: II. Las inversiones en [b]automóviles[/b] sólo serán deducibles hasta por un monto de $175,000.00. Tratándose de inversiones realizadas en automóviles cuya propulsión sea a través de baterías eléctricas recargables, así como los automóviles eléctricos que además cuenten con motor de combustión interna o con motor accionado por hidrógeno, sólo serán deducibles hasta por un monto de $250,000.00.[/i] Y la siguiente fracción aclara (en caso de que sean automóviles) [i]Lo dispuesto en esta fracción no será aplicable tratándose de contribuyentes cuya actividad consista en el otorgamiento del uso o goce temporal de automóviles, siempre y cuando los destinen exclusivamente a dicha actividad.[/i] ¿Es activo fijo o inventario? [i]LISR Artículo 32. Para los efectos de esta Ley, se consideran inversiones los activos fijos, los gastos y cargos diferidos y las erogaciones realizadas en periodos preoperativos, de conformidad con los siguientes conceptos: Activo fijo es el conjunto de bienes tangibles que utilicen los contribuyentes para la realización de sus actividades y que se demeriten por el uso en el servicio del contribuyente y por el transcurso del tiempo. La adquisición o fabricación de estos bienes tendrá siempre como finalidad la utilización de los mismos para el desarrollo de las actividades del contribuyente, y no la de ser enajenados dentro del curso normal de sus operaciones. Gastos diferidos son los activos intangibles representados por bienes o derechos que permitan reducir costos de operación, mejorar la calidad o aceptación de un producto, usar, disfrutar o explotar un bien, por un periodo limitado, inferior a la duración de la actividad de la persona moral. También se consideran gastos diferidos los activos intangibles que permitan la explotación de bienes del dominio público o la prestación de un servicio público concesionado. Cargos diferidos son aquéllos que reúnan los requisitos señalados en el párrafo anterior, excepto los relativos a la explotación de bienes del dominio público o a la prestación de un servicio público concesionado, pero cuyo beneficio sea por un periodo ilimitado que dependerá de la duración de la actividad de la persona moral. Erogaciones realizadas en periodos preoperativos, son aquéllas que tienen por objeto la investigación y el desarrollo, relacionados con el diseño, elaboración, mejoramiento, empaque o distribución de un producto, así como con la prestación de un servicio; siempre que las erogaciones se efectúen antes de que el contribuyente enajene sus productos o preste sus servicios, en forma constante. Tratándose de industrias extractivas, estas erogaciones son las relacionadas con la exploración para la localización y cuantificación de nuevos yacimientos susceptibles de explotarse. [/i]
Tópico: Descuento al 100% importe a pagar cero ¿TIMBRA EL CFDI?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2018 10:13:45 Asunto: Re: Descuento al 100% importe a pagar cero ¿TIMBRA EL CFDI?
Buenos días. Considerando que fuese una persona moral la que se encuentra en dicha situación, no, no es posible que no timbres este tipo de operaciones. Por un lado tienes el ingreso, ya que vendiste, y por otro lado tienes una deducción, que es el descuento que se realizó. LISR Artículo 25. Los contribuyentes podrán efectuar las deducciones siguientes: I. Las devoluciones que se reciban o los [b]descuentos o bonificaciones que se hagan en el ejercicio[/b]. En tu pago provisional acumulas la venta, y en declaración anual deduces el descuento. Pero ¿es o no persona moral? [i]Editado: Enero 08, 2018 10:14:27[/i]
Tópico: ¿Fecha de registro de compensacion?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2017 11:58:50 Asunto: Re: ¿Fecha de registro de compensacion?
Buenas tardes. En mi opinión se deberían presentar complementarias corrigiendo los errores, porque si los saldos históricos y actualizados están mal manifestados en los avisos, de cierta forma si el SAT lleva un control de saldo a favor + actualzaciones - compensaciones, no le va a cuadrar al sistema al considerar los avisos. Además, en contabilidad creo que tienen el mismo problema, este afecta en el ajuste anual por inflación, ya que los saldos al final de cada mes no son los correctos. Saludos
Tópico: personas morales
BR11

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 12, 2017 10:28:12 Asunto: Re: personas morales
¿Ya analisaste el Art. 15 LIVA, Fracc X?

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