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Tópico: descuento por incapacidad en trabajo
GalvezAsesores

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 12, 2017 16:16:05 Asunto: Re: descuento por incapacidad en trabajo
Buen día Como bien comenta Fiscivan11, no aplica el descuento. Si consideramos el Artículo 42LFT encontramos que durante la incapacidad ninguna de las partes está obligada ni al pago ni a la prestación de servicios subordinados (patrón-empleado). Ahora bien, durante la incapacidad por maternidad, el IMSS cubre al 100% el pago del salario registrado Artículo 101LSS, por lo tanto el patrón no incurre en dicho gasto, excepto en 2 casos: 1° Que la trabajadora tenga un sueldo diario superior a 25UMA, que es el equivalente a $1,887.25 diarios. Si es el caso, el patrón cubrirá el excedente, pero no por gusto sino por que la ley lo obliga. 2° Cuando la trabajadora no cubra por lo menos 30 cotizaciones semanales en el periodo de 12 meses anteriores a la fecha en que debiera comenzar el pago del subsidio Artículo 102 LSS. En conclusión, no aplica ningun descuento por concepto de subsidios debido a Incapacidad por Maternidad. Saludos...

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