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Tópico: Determinación de IVA en venta de automóviles usados obtenidos de Personas Físicas
Karls

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 25, 2017 11:59:11 Asunto: Re: Determinación de IVA en venta de automóviles usados obtenidos de Personas Físicas
Hola: La persona moral adquiere los automóviles de una persona física sin actividad empresarial, únicamente a dichos autos se les resta el costo de adquisición, sin importar si la persona moral venda a una persona moral o física, según mi entendimiento la regla no especifica si lo vendes a una persona moral o física, sino únicamente de quien obtienes el automóvil para venderlo.
Tópico: Determinación de IVA en venta de automóviles usados obtenidos de Personas Físicas
Karls

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2017 19:49:42 Asunto: Re: Determinación de IVA en venta de automóviles usados obtenidos de Personas Físicas
No sabia como responder. Gracias a todos
Tópico: DEDUCCIONES DE CRÉDITOS INCOBRABLES, SE DEBE DAR AVISO AL SAT
Karls

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 09, 2017 19:33:13 Asunto: DEDUCCIONES DE CRÉDITOS INCOBRABLES, SE DEBE DAR AVISO AL SAT
Buena tarde: Respecto a las deducciones de créditos incobrables tengo duda en que momento los puedo hacer deducibles y si debo de presentar el aviso al SAT No se si estoy entendiendo mal el artículo 27 de la LISR. Según mi lógica tengo dos momentos para hacer deducibles la cuentas incobrables. 1.- Por prescripción. 2.- Por notoria imposibilidad práctica de cobro. - Por prescripción solo tendría que esperar el vencimiento del plazo del pago (ejemplo pagaré 3 años) para poder hacer deducible, y no tendría que presentar el aviso en el SAT. - Por notoria imposibilidad práctica de cobro. tendría que seguir las reglas que establece el artículo 27 en sus incisos a) y b) y presentar el aviso al SAT . Me pueden indicar si mi lógica es correcta. Gracias
Tópico: Determinación de IVA en venta de automóviles usados obtenidos de Personas Físicas
Karls

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 26, 2017 13:37:56 Asunto: Determinación de IVA en venta de automóviles usados obtenidos de Personas Físicas
Buena tarde: Espero me puedan ayudar con esta duda: Una persona moral adquirió un automóvil de una persona física por un costo de 200,000.00, por dicha compra no se traslado el IVA, transcurrido el tiempo dicha persona moral desea vender el automóvil antes mencionado, el precio de venta que incluye IVA es de $400,000.00 Ahora bien de acuerdo al artículo 27 del RLIVA para calcular el impuesto tratándose de la enajenación de automóviles y camiones usados, adquiridos de personas físicas que no trasladen en forma expresa y por separado el impuesto, se considerará como valor el determinado conforme al artículo 12 de la Ley, al que podrá restársele el costo de adquisición del bien de que se trate, sin incluir los gastos que se originen con motivo de la reparación o mejoras realizadas en los mismos. De acuerdo a lo anterior al precio de venta por 400,000.00 (importe con IVA) podre restarle el costo de 200,000.00, determinado una utilidad de $200,000.00 , La duda en concreto es si sobre la utilidad de $200,000.00 se debe de determinar el IVA, es decir, 200,000.00 X .16 = 32,000.00 o ya que el precio de venta de $400,000.00 incluye IVA, la utilidad de $200,000.00 debe desgravarse y después calcular el IVA, es decir, 200,000.00 /entre 1.16= 172,413.79 X .16 = 200,000.00

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