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Tópico: Visita domiciliaria y requerimiento de obligaciones omitidas simultaneos
Dnlisaac

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 24, 2015 14:38:44 Asunto: Visita domiciliaria y requerimiento de obligaciones omitidas simultaneos
Muy buenas tardes compañeros: No sé sialguien tenga experiencia en esto y me puede ayudar. Hace una semana me llegó una visitado domiciliaria del gobierno del Estado por el periodo de Marzo-Mayo por el ISR e IVA del perido; y hace tres días me llegó un requerimiento por obligaciones omitidas (también del gobierno del estado) por el ISR e IVa del periodo de Mayo . Según yo el último requerimiento no tiene validez ya que me están revisando ese periodo en la auditoría. ¿Alguien conocerá el fundamento legal de esto? ¿Cómo se subsana esto? ¿Con un escrito libre a la segunda autoridad? Sin más por el momento, agradezco de antemano su ayuda.
Tópico: Préstamos, en el contrato se tiene la obligación fiscal de cobrar intereses.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 08, 2014 12:11:50 Asunto: Re: Préstamos, en el contrato se tiene la obligación fiscal de cobrar intereses.
Con respecto a lo hablado anteriormente que procedería si no modificamos los contratos de préstamos (si se quedan en taso 0%). Al no estar a precio de mercado el SAT, en caso de una revisión, ¿nos determinaría la tasa de interés que está en el mercado y por lo tanto generaría ingresos no declarados con multas, recargos y todo lo que conlleva esto? ¿ A alguien le ha fincado el SAT ingresos no declarados por este caso?
Tópico: Préstamos, en el contrato se tiene la obligación fiscal de cobrar intereses.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2014 09:52:51 Asunto: Re: Préstamos, en el contrato se tiene la obligación fiscal de cobrar intereses.
Muchas gracias por tu ayuda. No lo había visto desde ese punto de vista. Gracias y buen día.
Tópico: Decreto presidencial sigue vigente para no dictaminarse en 2013.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 07, 2014 09:51:46 Asunto: Re: Decreto presidencial sigue vigente para no dictaminarse en 2013.
Muchas gracias por tu ayuda. Me ha quedado claro. Saludos y buen día.
Tópico: Decreto presidencial sigue vigente para no dictaminarse en 2013.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2014 17:18:02 Asunto: Decreto presidencial sigue vigente para no dictaminarse en 2013.
Muy buenas tardes compañeros. Quisiera saber si la facilidad que salió en 2012 (por decreto presidencial) donde permitían no dictaminarse si los ingresos no pasaban aproximadamente de 40,000, es aplicable también para el dictamen del ejercicio 2013 o ya no hay facilidad alguna.
Tópico: Préstamos, en el contrato se tiene la obligación fiscal de cobrar intereses.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 06, 2014 14:31:20 Asunto: Préstamos, en el contrato se tiene la obligación fiscal de cobrar intereses.
Hola buenas tardes compañeros. En la compañía donde trabajo es común que entre las empresas que manejamos se presten dinero mutuamente con el fin de tener liquidez entre unas y otras. Hemos hechos los contratos respectivos para amparar estas operaciones (y sé que se deben dar aviso al SAT si estos pasan del límite establecido) . Los contratos de los préstamos están presentados sin intereses. Sin embargo uno de mis compañeros de universidad me menciona que estos préstamos se deben realizar a una tasa de interés equivalente a las que hay en el mercado, si no el SAT podría no tomarlos como préstamos válidos (o reales). No encuentro fundamento legal en alguna ley donde se establezca esto. ¿Alguno de ustedes conoce algo al respecto? Muchas gracias de manera anticipada por su ayuda.
Tópico: Obligación de facturar depósitos no identificados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2014 13:10:19 Asunto: Re: Obligación de facturar depósitos no identificados
Muchas gracias por tu respuesta. Si los depósitos fueron en efectivo. No fueron depósitos muy altos de dinero pero como esa empresa casi no tuvo operaciones en el ejercicio donde ocurrieron lson porcentualmente representativos para la misma en el ejercicio.
Tópico: IEPS en pan dulce
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2014 11:20:00 Asunto: Re: IEPS en pan dulce
Muy buenos días . Según las nuevas disposiciones el pan dulce si deberá gravar con el impuesto del 8% del IEPS ;ya que el pan dulce da más de 275 calorías por cada 100 (al menos que esto sea incorrecto). La manera en que se deberá facturar es igual a como se hace actualmente en las facturas de gasolina de servicio de celular (que también cuentan con IEPS) que es no desglosarlo e incluirlo en el subtotal de la factura.
Tópico: Obligación de facturar depósitos no identificados
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2014 10:40:58 Asunto: Obligación de facturar depósitos no identificados
Hola compañeros buenos días. Durante el ejercicio fiscal nuestra empresa recibió un par de depósitos no identificados. Ya se hizo la compulsiva respectiva con los clientes y no proviene de ninguno de ellos, tampoco hemos recibido reclamación alguna de algún particular o el banco y hay razones bastante sólidas para pensar que estas reclamaciones no se darán por lo menos en el corto plazo. Por lo tanto la empresa determinó registrarlo como otros ingresos y tomarlos en cuenta para efectos de ISR y de IETU. Debido a que la situación se va a quedar así no sé si es suficiente que los reconozcamos de esta manera o es necesario que a este depósito se le desglose el IVA y se pague ante el SAT y se emita factura para ampararlo, o es suficiente con el tratamiento que actualmente se le está dando.
Tópico: Bonificaciones de compras y gastos. Tratamiento fiscal para IETU e ISR.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 03, 2014 10:25:36 Asunto: Bonificaciones de compras y gastos. Tratamiento fiscal para IETU e ISR.
Hola muy buenos días. Tengo una duda de como tratar fiscalmente las bonificaciones que me hacen mis proveedores (ya sea por descuentos o errores humanos) especialmente cuando estas se dan en meses posteriores (o inclusive ejercicios fiscales diferentes) a los que originalmente se emitió la factura y se dio el flujo de efectivo. Se que para efectos del IVA la ley es muy clara y señale que deberé reducir el IVA Acreditable en el momento que se de está bonificación pero para efectos de IETU e ISR la ley no es tan clara. ¿Qué debo de hacer? ¿Acumular las bonificaciones como ingresos? ¿Disminuir los egresos aunque se trate de otro ejercicio fiscal?

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