29/Jun/04 9:59
PAGO PRIMA DOMINICAL O NO
Amigos como estan:
Solo esperando que se encuentren bien, y al mismo tiempo molestando con una breve consulta:
Relacion Laboral
Tengo la duda de pagar prima dominical a un trabajador que labora los domingos, por que bueno lo que capa es de que este trabajador su jornada laboral comprende en trabajar 5 dias a la semana y descansar 2, en donde uno de los dias de trabajo es domingo, la Ley en su Capitulo II, Articulo 71, DICE Los trabajdores que presten servicio en dia domingo tendran a una prima adicional de un 25% , por lo menos, sobre el salario de los dias ordinarios de trabajo.
Asi mismo en el mismo capitulo solo que en el Articulo 59 menciona que el trabajador y el patron fijaran la duracion de la jornada de trabajo sin que pueda exceder de los maximos legales.
Los trabajadores y el patron podran repartir las horas de trabajo a fin de permitir a los primeros el reposo del sabado en la tarde o cualquier modalidad equivalente.
Vuelvo a mi pregunta, este trabajaor tendra derecho a la prima dominical, cuando entre trabajador y patron llegaron al convenio de que solo laborara 40 horas repartidas en 5 dias donde pudiera incluir trabajar domingo y descansar dias entre semana.
Cuan seria el fundamento y argumento para que se le pagara la prima dominical o no se le pagara.
Gracias por sus comentarios
reciban un cordial saludo
raulgarciamarcos