OTAR PREGUNTA MAS, EL DIA FESTIVO TRABAJADO INTEGRA AL IMSS,
Y POR LO TANTO SE DEBEN DE HACER MODIFICACIONES DE SALARIOS CADA DOS MESES
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22/Jun/04 22:16
Si integra, este tipo de ingreso integra para todos los efectos, Seguro Social e ISR, checa el art. 84 de la LFT, art 110 LISR, y en la LSS antes estaba en el art 5-A XVIII.
de acuerdo al art. 29 de la ley del seguro social el salario diario integrado se calcula dividiendo la remuneracion correspondiente entre 7,15 o 30 dias respectivamente.
ahora bien cuando un trabajador se quede a trabajar horas extras o bien labora un dia de descanso o festivo, el concepto contablemente es HORAS EXTRAS, de acuerdo al art. 27 IX de la ley del seguro social y art. 65 al 68 de la ley federal de trabajo no debera de rebasar de 3 horas diarias, tres veces por semana. es decir 9 horas extras no integran el salario, pero el excede de 9 horas el excedente integrara al salario.