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21/Feb/12 16:01
COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

Buenas tardes
Tengo la siguiente situación con un trabajador, agradezco de antemano sus comentarios.

Un trabajador está en prisión acusado de intento de homicidio, no he tenido ninguna notificación formal del hecho, solo por comentarios de sus compañeros, el caso es que desde finales de enero no se presenta a laborar; por recomendación de los abogados no se ha dado de baja, pero me surge la duda si es que tenemos que esperar a que se le de sentencia o se le absuelva, en caso de que se tenga que dar de baja que motivo debo usar para presentar el aviso.
Saludos.
 
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odatnem
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21/Feb/12 23:20
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

:neutral: Buenas noches. Ni modo, hay que hacerle al detective. Averigue con la familia cuál es el status del trabajador. Ellos DEBEN informarle. Si es verdad que está en prisión, entonces la relación laboral está suspendida hasta que se dicte sentencia absolutoria o condenatoria.

Salutes,
El Lic.


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=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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21/Feb/12 23:32
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

:neutral: Para ver lo de la relacion laboral suspendida, vea el art. 42 fracc. III.

Salutes de nuevo,
El Lic.


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pepesoto
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22/Feb/12 09:16
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

Buen día Lic. pues si, es cuestión de hacerle un poco al detective y determinar si es cierto.
Muchas gracias por sus comentarios.
Saludos.
 
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odatnem
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26/Feb/12 12:52
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

se me hace que tiene la detencion preventiva o el auto de formal prision
de ser asi estaria suspendida la relacion laboral y solo hasta la sentencia se pudiere restablecer su reincorporacion o en su caso su baja ante la junta con copia de su sentencia ante la junta para dar por terminada su relacion laboral por incumplimiento de contrato

es comun que el patron de de baja al trabajador de manera unilateral pero entonces debe esperar a que dentro los siguientes dos meses no le llague una demanda por parte del trabajador de ser el caso ya se daria terminada la relacion laboral con la fecha que se aplico nno habria reclamacion alguna se dio por consentida
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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27/Feb/12 22:42
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

Muchas gracias por sus comentarios.

:neutral: Buenas noches. Para eso estamos, tratando de ser breves, concisos y congruentes.

Saludines,
El Lic.


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pepesoto
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28/Feb/12 08:58
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

Buen día,
Ya hubo acercamiento por parte de los familiares, comentan que pronto saldrá libre, y no lo dimos de baja para evitar una demanda del trabajador en caso de salir libre, aunque por lo que comentan los familiares, renunciará para irse del estado.
Gracias nuevamente por sus comentarios.
 
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odatnem
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28/Feb/12 18:13
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

De cualquier manera deben ir investigando si ya le dieron sentencia definitiva (el auto de formal prision es solo porque apareciera con incidentes para detenerlo y prosigue el litigio; la prision preventiva solo debe durar 72 horas). Si le dan sentencia en contra esa sentencia liberaria al patron para proseguir ofreciendo el trabajo, con esta seria la prueba para finiquitar la relacion laboral sin imputacion laboral, de cualquier manera habria que determinarse alguna liquidacion al respecto.

En caso de darle liberacion, y desea retirarse el trabajador, entonces ambas partes deben hacer un convenio por terminacion laboral y ahi se le entrega su ultimo cheque si es que hubiere algo que liquidarle, que practicamente son las proporcionales de ley.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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28/Feb/12 23:39
Re: COMO PROCEDER? TRABAJADOR PRIVADO DE SU LIBERTAD

:neutral: Buenas noches. E hicieron bien en no darlod e baja x el fundamento comentado del 42-LFT. Si bien salga, recaben la baja en forma correcta y asunto solucionado.

El Lic.


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pepesoto
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