13/May/11 18:43
Re: pago salarios por transferencia electrónica
Hola buenas tardes:
La carga de la prueba, por regla general siempre es para el patron. No importa si tiene o no soporte el patron. Al trabajador, sólo si quiere, puede aportar la prueba de manera oral, en el menor de los casos. Por eso son importantisimos, cualquier documento que tenga relación con el nexo laboral.
La LFT solo le impone la carga de laborar al trabajador. E incluso pudiese hacerlo optativamente y no habría sanciones por no efectuar su trabajo.
El resto de las cargas laborales, casi todas, van con cargo al patrón, pues él requiere los servicios; a él le corresponde administrar estas 'compras', recibimientos y pagos de servicios. Ya sea que le guste o no.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?