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Tópico: IVA ACREDITABLE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2010 09:44:42 Asunto: Re: IVA ACREDITABLE
Gaby: Áún cuando no se dedujo esa erogación en 2009( la documentación cumple con todos lo requsitos fiscales para su deducibilidad, oks no hay problema, que no la dedujo el contribuyente en 2009 pudiéndolo hacer, no hay problema), es acreditable el IVA en la fecha que se paga. En algunos de los supuestos de la fracción I del Art.5 LIVA dice que la erogación sea deducible para el ISR, ok la documentación cumple con los requisitos, lo resgistraste en contabilidad, ok, pero se te olvidó deducirla oks,vuelvo a repetir LA LIVA en alguno de sus supuestos dice 'QUE LA EROGACIÓN SEA DEDUCIBLE PARA ISR , pero no dice 'Y QUE EL CONTRIBUYENTE LO HAYA DEDUCIDO EN EL EJERCICIO CORRESPONDIENTE'. Ahora si lo pretende deducir en 2010 no se puede al menos que la operación sea con contribuyentes que tributen bajo flujo de efectivo. Saludos a todas.
Tópico: PAGO HECHO POR UN TERCERO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2010 08:51:53 Asunto: Re: PAGO HECHO POR UN TERCERO
Gaby: Si son gastos mayores de $ 2000.00 pagados en efectivo no son deducibles ni acreditable el IVA, en razón de que no se cumple cabalmente con lo dispuesto por el Art.35 del RLISR, en correlación con la fracción III del Art.31 LISR. Saludos
Tópico: IVA ACREDITABLE
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 10, 2010 08:47:43 Asunto: Re: IVA ACREDITABLE
HOLA;: Gaby. Pidale a su auditor el fundamento legal, o si el comprobante no reunne requisitos fiscales, asi como si el Estado de cuenta no contiene el RFC del acreedor, cheque todo eso. CP VICTOR: Porque sería no deducible , por favor puedes profundar la razón?. Saludos
Tópico: IETU SE CONSIDERA EN ESTADO DE RESULTADOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 09, 2010 09:38:49 Asunto: Re: IETU SE CONSIDERA EN ESTADO DE RESULTADOS
hola: contafer. Y cuanto $ fue el IETU anual???
Tópico: En que momento pago mi IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 08, 2010 09:01:22 Asunto: Re: En que momento pago mi IVA
HOLA: Principiante-fiscal. No te confundas por favor respecto al FLUJO DE EFECTIVO( aunque parezca tonta la explicación se refiere a cuando efectivamente cobres la contraprestación, de conformidad con el Art.1-B LIVA). ARTICULO 1-B. Para los efectos de esta Ley se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones cuando se reciban [u][color=fuchsia]EN EFECTIVO[/color][/u], en bienes o en servicios, aun cuando aquéllas correspondan a anticipos, depósitos o cualquier otro concepto sin importar el nombre con el que se les designe, o bien, cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de las obligaciones que den lugar a las contraprestaciones. Por lo anterior tal como lo indica la Ley para efecto de lo efectivamente cobrado, si lo cobraste en efectivo en NOVIEMBRE pues a ese período corresponde el IVA(no inventemos, si no lo haces asi vas a tener graves problemas ). [i]Editado: Noviembre 08, 2010 09:04:45[/i] [i]Editado: Noviembre 08, 2010 09:17:07[/i]
Tópico: ARGUMENTO MULTA DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2010 10:59:16 Asunto: Re: ARGUMENTO MULTA DE DIOT
Hola: Estimado amigo c.p. Hugo Ocejo Flores., fijate mucha literatura. Saludos
Tópico: En que momento pago mi IVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2010 09:50:06 Asunto: Re: En que momento pago mi IVA
En materia de IVA se tributa bajo lo efectivamente cobrado o pagado las contraprestaciones, bajo este orden el IVA lo causa en Noviembre para que lo enteres en Diciembre considerando las fechas límites para su presentación. Saludos
Tópico: ARGUMENTO MULTA DE DIOT
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 06, 2010 09:39:11 Asunto: Re: ARGUMENTO MULTA DE DIOT
HOLA petrus: Efectivamente las multas son procedentes, pero cuando las notificaciones contienen vicios o que la autoridad no funde y motive la causa pues es combatible y ganable. En el caso concreto la multa ya no procedió, se salvó el contribuyente aún cuando la DIOT se presentó a requerimiento de la Autoridad. Por ahí alguien dice que la autoridad puede volver a requerir, que requeriría??? . Saludos Licenciada. [i]Editado: Noviembre 06, 2010 09:44:34[/i]
Tópico: pagar menos imss
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 04, 2010 16:57:22 Asunto: Re: pagar menos imss
HOLA: felipe_casa: Claro que si pero un especialista tiene que hacer una planeación.( no OUT.)
Tópico: LEYENDA EN COMPROBANTES
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Noviembre 04, 2010 11:30:31 Asunto: Re: LEYENDA EN COMPROBANTES
A lo mejor el impresor necesita un FISCALISTA en su imprenta para que revise y les diga quienes llevarán esa leyenda y quienes no jejejejeje. Pero vean: Un contribuyente PM del TUTULO II sus comprobantes tienen la leyenda 'efectos fiscales al pago'. Tendría alguna consecuencia fiscal negativa esos comprobantes?. Saludos [i]Editado: Noviembre 04, 2010 11:31:11[/i]

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