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Tópico: Estimulo fiscal para empresas en convertir el ISPT en Previsión social?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2010 10:28:49 Asunto: Re: Estimulo fiscal para empresas en convertir el ISPT en Previsión social?
CP VICTOR. Le sugiero lea bien.
Tópico: Estimulo fiscal para empresas en convertir el ISPT en Previsión social?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2010 10:26:12 Asunto: Re: Estimulo fiscal para empresas en convertir el ISPT en Previsión social?
alecs: Todo está en mi respuesta, ahora si se refiere como hacerle en nómina pos únicamente la parte de ISR que absorbe el patrón en la nómina se anota como ingreso,y se lleva a gastos no deducible y obvio tambien aparece como retención, esto no dá un resultado favorable para el retenedor , es decir no pensemos que el retenedor obtendría un beneficio al querer netear la retención, no es asi ya que el retenedor tiene que enterar lo que realmente aparece como retención total, obvio considerando el S.E. en términos generales.
Tópico: Estimulo fiscal para empresas en convertir el ISPT en Previsión social?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 08, 2010 09:02:45 Asunto: Re: Estimulo fiscal para empresas en convertir el ISPT en Previsión social?
HOLA: alecs. Usted se refiere al ISR por sueldos, bueno pues mire en varias empresas tenemos establecido la PREVISION SOCIAL y además el ISR o parte del ISR del AGUINANDO lo absorben las empresa, ese ISR aún cuando le demos tratamiento análogo a la PREVISIÓN SOCIAL no es deducible para el retenedor DISTINGUIDO por la fracción I Art.32 LISR, pero para el trabajador no es acumulable considerando la analogía expuesta. Saludos y buen día Pd., hasta la fecha no he encontrado precedente que distinga lo contrario, pero si lo hay pues sería cuentión de ratificar mi dicho. [i]Editado: Diciembre 08, 2010 09:14:03[/i] [i]Editado: Diciembre 08, 2010 09:54:32[/i]
Tópico: Regimen Simplificado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2010 15:48:43 Asunto: Re: Regimen Simplificado
Mi estimado y fino amigo c.p. Hugo Ocejo Flores, ud si sabe. Mis respetos.(B.G.).
Tópico: Regimen Simplificado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2010 12:50:51 Asunto: Re: Regimen Simplificado
Hola, .....SI, SI PUEDE, .......[color=red][u]SIEMPRE Y CUANDO PERTENEZCA O SE AGRUPE EN UN , POR EJEMPLO, COORDINADO[/u][/color]NO, POR SI SOLA COMO P.F. NO, SERIA OTRO REGIMEN, [color=red][u]PERO SIMPLIFICADO, ....NO[/u][/color]
Tópico: Regimen Simplificado
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2010 11:26:56 Asunto: Re: Regimen Simplificado
HOLA. CP VICTOR, efectivamente tiene ud razón: Título 2. Sector de Autotransporte Terrestre de Carga Federal Retención del ISR a operadores, macheteros y maniobristas 2.1. [u][color=fuchsia]Los contribuyentes dedicados a la actividad de autotransporte terrestre de carga federal, que cumplan con sus obligaciones fiscales en los términos del Título II[/color][/u], Capítulo VII o del Título IV, Capítulo II, Secciones I o II de la Ley del ISR, para los efectos del cumplimiento de las obligaciones fiscales en materia de retenciones del ISR por los pagos efectuados a sus trabajadores, en lugar de aplicar las disposiciones correspondientes al pago de salarios, podrán enterar el 7.5 por ciento por concepto de retenciones del ISR, correspondiente a los pagos realizados a operadores, macheteros y maniobristas, de acuerdo al convenio que tengan celebrado con el Instituto Mexicano del Seguro Social, para el cálculo de las aportaciones de dichos trabajadores, en cuyo caso, sólo deberán elaborar una relación individualizada de dicho personal que indique el monto de las cantidades que les son pagadas en el periodo de que se trate.
Tópico: IVA Y ETU EN JOYERIA DE PLATA...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2010 09:49:51 Asunto: Re: IVA Y ETU EN JOYERIA DE PLATA...
HOLAAAAAAAAAAAA: Lobo, con el debido respeto no acierta a nada sólo enredas las cosas, ponte a estudiar para que estes a buen nivel profesional y de educación, acepta cuando no tienes la razón y no seas grosero. Saludos y te aconsejo te pongas a estudiar. Que tengas buenos días y buen fin de año y sigue cabalgando en tus estudios que eso te hace falta. Tu amigo Saúl Castro Vázquez jejejejejeje [i]Editado: Diciembre 07, 2010 09:50:44[/i] [i]Editado: Diciembre 07, 2010 09:51:19[/i]
Tópico: IVA Y ETU EN JOYERIA DE PLATA...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 07, 2010 09:24:38 Asunto: Re: IVA Y ETU EN JOYERIA DE PLATA...
HOLAAAAAAAAAAA: Totalmente de acuerdo sigue la 'ACÉMILA' trotando, arrrrrrrrrrrrrrreeeeeeeeeeeee. [i]Editado: Diciembre 07, 2010 09:26:45[/i]
Tópico: IVA Y ETU EN JOYERIA DE PLATA...
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2010 16:18:27 Asunto: Re: IVA Y ETU EN JOYERIA DE PLATA...
Totalmente de acuerdo contigo jlopezasesoría: Rdelacruz entendio la pregunta, otros contestan a lo loco....y todavia tiene la desfachatez de preguntar si entra en el supuesto el autor del topico!! Para dar clases primero hay que ser maestro, saludos.. PD No soy maestro por eso no trato de dar clases 'TODO A CONTRARIO SENSU' jejejejejejej [i]Editado: Diciembre 06, 2010 16:20:49[/i]
Tópico: PAGO INDEBIDO DEL IVA MENSUAL
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 06, 2010 15:00:53 Asunto: Re: PAGO INDEBIDO DEL IVA MENSUAL
Hola: Totalmente de acuerdo con usted CHAVALON. COMENTARIO : Por lo demás es desconocimiento de la Ley, ya que esta es clara al distinguir el ACREDITAMIENTO, si asi no lo fuere tendría derecho a usar el DERECHO COMUN pero no es el caso

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