Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de SaúlCastroVázqz

Autor Mensaje
Tópico: ACTUALIZACION IDE
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 10, 2009 13:42:41 Asunto: Re: ACTUALIZACION IDE
HOLA Taxista: Si despues de agotar el procedimiento de acreditamiento te quedó un saldo a favor: Tienes 5 años para ejercer el derecho que te brinda el Art.22 Y 23 del CFF, y desde luego que en este último (compensación procedería la actualización CUANDO SE APLICA A CONTRIBUCIONES DE PERIODOS POSTERIORES) . Si algún colego o abogado sabe si existe alguna disposición que establezca que no se pueda por favor que lo plasme. Saludos [i]Editado: Septiembre 10, 2009 13:43:49[/i]
Tópico: como puedo dar mas vales de despensa
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 10, 2009 11:58:03 Asunto: Re: como puedo dar mas vales de despensa
HOLA jacke: Qué prestaciones otorgas?
Tópico: Prima dominical fija o variable
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 10, 2009 11:35:09 Asunto: Re: Prima dominical fija o variable
HOLA: Sobre el tema en concreto. Hola Pepe Soto , leí parte de su opinión y ud escribió lo siguiente: Pero, para el siguiente bimestre[b][u] [b][u]podemos ajustar el factor de integración del SBC[/u][/b][/u][/b], usando el criterio aqui vertido de 'prima pagada -> prima integrada'... y tampoco debe pasar nada con ese auditor. En que Artículo de la LIMSS esta esa opción de ajustar el SBC como ud lo aconseja???? Cabe recordar que si se paga una contribución en exceso se considera PAGO DE LO INDEBIDO el cual tiene un tratamiento especial. [i]Editado: Septiembre 10, 2009 11:39:25[/i]
Tópico: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 20
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 09, 2009 19:11:46 Asunto: Re: impuesto sobre nomina ¿base integrada?
HOLA soco: No es sabre salario integrado. De acuerdo al 5 del CFF las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan disposicones a las mismas, así como las que fijan las infracciones y sanciones, [b][u]son de aplicación estricta[/u][/b]. Se considera que establecen cargas a los particulares las normas que se refieren al objeto, [b][u]base[/u][/b], tasa o tarífa. De confiormidad con lo anterior cada norma (llamese LEY)establece la carga IMPOSITIVA al contribuyente y en su caso ud debe determinar la base de conformidad con lo establecido en el Art.12 LISN de Puebla que es la que establece la BASE para dicho impuesto' [b][u]sobre erogaciones pagadas en efectivo o en especie por concepto de remuneraciones al trabajo personal subordinado, independientemente de la designación que se les otorgue, dentro del territorio del Estado'. [/u][/b]. No hay de otra. Saludos [i]Editado: Septiembre 09, 2009 19:14:04[/i] [i]Editado: Septiembre 09, 2009 19:15:10[/i] [i]Editado: Septiembre 09, 2009 19:20:38[/i]
Tópico: Factura por Compra de Vinos y Licores
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 13:18:13 Asunto: Re: Factura por Compra de Vinos y Licores
HOLA C.P. HUGO: No se moleste pero por ningún lado está ud considerando el IEPS para efectos de IVA o a lo mejor no entiendo su ejemplo . Saludos y que este muy bien
Tópico: Factura por Compra de Vinos y Licores
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 12:51:06 Asunto: Re: Factura por Compra de Vinos y Licores
HOLA: PCOFISCAL Para enajenación de bebidas alcohólicas el IVA se causa sobre el total es decir VALOR+ IEPS= base para IVA, Art.12LIVA. No se hace en base a un procedimiento práctico como lo hacen para la GASOLINA.
Tópico: DETERMINACION DE IVA EN AUDITORIA
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 09, 2009 08:14:23 Asunto: Re: DETERMINACION DE IVA EN AUDITORIA
HOLA contafer: De un principio no insistía tanto en el Estado de Cuenta Bancario eso fue a raíz del los comenmtarios que se le hizo que ojala dichos estado de cta cumplieran con ciertos requisotos y que asi ud pueda realizar la deducción y acreditamiento de IVA. Una cosa es una Jurisprudencia(que no es más que el desentreñimiento armonioso del contenido de la Ley) y otra son las Tésis aisladas, pero ambas únicamente los puedes hacer valer en medios de defenza como argumentos, no las puede ud aplicar con fuerza de Ley inmediata. Saludos. [i]Editado: Septiembre 09, 2009 13:28:39[/i]
Tópico: DETERMINACION DE IVA EN AUDITORIA
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2009 12:07:42 Asunto: Re: DETERMINACION DE IVA EN AUDITORIA
HOLA contafer: Le deseo éxito, sólo por favor lea bien mi inciso 2 jamás hablo que el receptor del comprobante tenga la obligación de anotar la leyenda de pago en parcialidades, pero si está obligado a exigir dicho comprobante que contenga dicho requisito. Le recuerdo que dicha Tésis va en el sentido de la obligación del emisor del comprobante como obligado pero no le es favorable a ud, es más si fuera Jurisprudencia le sería favorable a quién la hizo valer en un Juicio, y le aseguro que si ud se va a un juicio esa Tésis le resultaría como un medio argumento infundado. Saludos y éxito
Tópico: DETERMINACION DE IVA EN AUDITORIA
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 23
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 08, 2009 09:27:15 Asunto: Re: DETERMINACION DE IVA EN AUDITORIA
HOLA: Desafortunadamente las Tésis que han insertado no ayudan a nada en el caso concreto, asi mismo aún cuando el contribuyente esté dictaminado el Art.42 CFF faculta a la autoridad de poder revisar al contrinuyente. Art.29 CFF. Cuando las leyes fiscales establezcan la obligación de expedir comprobantes por las actividades que se realicen, dichos comprobantes deberán reunir los requisitos que señala el ARTÍCULO 29-A de este Código. Las personas que adquieran bienes o usen servicios deberán solicitar el comprobante respectivo( [b][u]precisamente esta oración es aplicable al caso planteado por lo que nos concretaremos al análisis correspondiente[/u][/b]). Estrictamente para poder [b][u]DEDUCIR o ACREDITAR [/u][/b]el párrafo tercero de este ordenamiento establece: Para poder [i][b][u]deducir o acreditar fiscalemente [/u][/b][/i]con base en los comprobantes a que se refiere el párrafo anterior, quien los utilice deberá cerciorarse de que el nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quien aparece en los mismos son los correctos, así como verificar que el comprobante contiene los datos previstos en el artículo 29-A de este Código([b][u]Art. 29-A Los comprobantes a que se refiere el artículo 29 de este Código, además de los requisitos que el mismo establece, deberán reunir las siguientes fracciones I,II,III,IV,V,IV.VII,VIII,IX[/u][/b]), asi mismo el citado Artículo en su QUINTO párrafo que dichos comprobantes que se expida deberá contener el SEÑALAMIENTO EXPRESO DE PAGO EN UNA SÓLOA EXHIBICION O EN PARCIALIDADES continuando el SEXTO párrafo exige que cuando el pago de la contraprestación se haga en parcialidades los contribuyentes deberan expedir un comprobante por cada una de las parcialidades........ En conclusión 1.- Dichos Artículos obligan al emisor de los comprobantes para que cuando expidan dichos comprobantes por las actividades que realicen estos contengan los requisitos . precisados( por ahí alguien insertó una Tésis que menciona algo sobre esto, pero recordemos que no es Ley). 2.- Lo más triste para el caso concreto es que dicho ordenamiento tambien obliga a las personas que adquieran bienes o usen servicios para poder DEDUCIR O ACREDITAR deberán solicitar el comprobante respectivo MISMOS QUE DEBERAN CUMPLIR TODOS LOS REQUISITOS ya citados, Arts. 29, 29-A CFF, 32 f III LIVA, [i][b][u]'5 f II LIVA[/u][/b] [/i]' este último es el especial que obliga que para acreditar el IVA deben cumplirse los requisitos precisados en la fracción III del Art.32 y en el caso concreto al no contar con los comprobantes exigidos que contengan tales requisitos indudablemente que no hay IVA acreditable, ni deducible la erogación( al menos que dichos estados de cuentas bancario cumplan ciertos requisitos ahí pordría haber una opción de lo contario me atrevo a decir que dicho caso está dificil de ganarlo). [i]Editado: Septiembre 08, 2009 09:30:40[/i] [i]Editado: Septiembre 08, 2009 10:20:44[/i]
Tópico: DEDUCCION DE PAGOS EFECTUADOS POR TERCEROS
SaúlCastroVázqz

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 03, 2009 10:54:50 Asunto: Re: DEDUCCION DE PAGOS EFECTUADOS POR TERCEROS
HOLA maximo68: Sin abundar mucho. Tu consulta tiene fundamento en la(última oración del primero y segundo párrado, me inclino por la del segundo párrafo)de la fracción III del Art.6LIETU. Saludos

Página: 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63