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Tópico: pago de impuestos por adjudicacion judicial
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2007 Asunto: Re: pago de impuestos por adjudicacion judicial
alguien dice yo? :(
Tópico: pago de impuestos por adjudicacion judicial
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 09, 2007 Asunto: pago de impuestos por adjudicacion judicial
buenas tardes: hola a todos , alguien me podria decir que impuestos se pagan por adjudicacion judicial ? supongamos si yo soy el acreedor y me adjudico los bienes del deudor,. que impuestos se causan. ahora del valor de lo adjudicado es capital con intereses, entonces cuales impuestos son los que tengo que enterar. si hago una cesion de derechos litigiosos cuales impuestos pagaria.
Tópico: AYUDA
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 20, 2007 Asunto: AYUDA
HOLA, BUENOS DIAS, UN FAVOR, DE CASUALIDAD ALGUIEN TENDRA MATERIAL RESPECTO A LOS INGRESOS POR ADJUDICACION JUDICIAL, SOBRE EL CALCULO DE IMPUESTOS? LES AGRADECERIA MUCHO SI ALGUIEN LO TUVIERA Y ME LO PROPORCIONARA.
Tópico: Aumento de Capital
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 18, 2007 Asunto: Re: Aumento de Capital
RESPECTO A QUE SE HAGA UNA CESION DE DERECHOS POR LA APORTACION A LA SOCIEDAD DE BIENES, Y SE PUEDA DEDUCIR EL MISMO BIEN DEPRECIANDOLO, CONFORME A LA LEY DE ISR, SUPONGO QUE NO PROCEDE LA DEPRECIACION PUESTO QUE NO ES UNA INVERSION, SI NO UNA APORTACION. AHORA ME QUEDA LA DUDA, DE QE DE ACUERDO AL ART 14 FRACC III SE CONSIDERA ENAJENACION, QUE PROCEDE, EN EL CASO QUE MENCIONA MEM, LO FACTURA LA SOCIEDAD, A VALOR DE MERCADO, PERO ENTONCES, EL TRATAMIENTO FISCAL DEL QUE APORTA CUAL ES?
Tópico: sc
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2007 Asunto: Re: sc
MUCHAS GRACIAS POR SUS RESPUESTAS, LES AGRADEZCO.
Tópico: Persona Fisica Honorarios
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2007 Asunto: Re: Persona Fisica Honorarios
ES SIEMPRE Y CUANDO ..... SEGUN EL CRITERIO DEL SAT, POR LO TANTO CONSIDERO QUE SI NO TIENE OPERACIONES CON CLIENTES O PROVEEDORES POR MONTO MAYOR A 50,000.00 NO DEBE DE PRESENTAR LA DEC INFORMATIVA... ESTOY EN LO CORRECTO?
Tópico: sc
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 17, 2007 Asunto: sc
BUENAS TARDES, QUISIERA SU OPINION ACERCA DE QUE SI UN SOCIO DE UNA SOCIEDAD CIVIL, PUEDE RECIBIR ANTICIPO DE RENDIMIENTOS, Y A SU VEZ SUELDOS Y SALARIOS....
Tópico: recibos de arrendamiento requisitos
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Diciembre 22, 2006 Asunto: Re: recibos de arrendamiento requisitos
Y si no lo tiene?
Tópico: REGLA 2.5.1
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2006 Asunto: Re: REGLA 2.5.1
supongamos q de mis compras deduzco el 30% si no autofacturo y el 70% si autofacturo, entonces podriamos decir que ese 30% no me conviene., o cual seria el beneficio de ese transitorio? te agradeceria mucho tu respuesta
Tópico: REGLA 2.5.1
rafaelrodall

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 26, 2006 Asunto: REGLA 2.5.1
HOLA A TODOS, DE ACUERDO A LA REGLA MISCELANEA 2.5.1 AUTOFACTURACION SEÑALA, LA DEDUCCION DEL 70% SOBRE LA COMPRA DE CIERTOS PRODUCTOS. EN MI CASO TENGO DUDA RESPECTO A ALGO QUE NO ME QUEDA CLARO, ESTA REGLA SEÑALA LA DEDUCCION DEL 70% PERO EN UN ARTICULO TRANSITORIO PUBLICADO EL 03 DE OCTUBRE DEL 2006 EN LA SEXTA RESOLUCION MISCELANEA SEÑALA: Transitorios Primero. La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Segundo. Los contribuyentes personas físicas dedicados al cultivo de la caña de azúcar, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hubieran excedido de 40 veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente elevado al año que durante los ejercicios fiscales de 2005 y 2006 hayan enajenado su cosecha a contribuyentes dedicados a la industrialización de caña de azúcar, estarán en posibilidad de expedir comprobantes fiscales que amparen dicha enajenación, aún y cuando los comprobantes respectivos sean impresos y emitidos en el ejercicio fiscal de 2006. Para los efectos del ISR, los contribuyentes dedicados a la industrialización de caña de azúcar durante los ejercicios fiscales de 2005 y 2006, estarán en posibilidad de comprobar la adquisición de dicho producto, hasta por el equivalente al 30% del total de sus adquisiciones de caña de azúcar, siempre que dicha comprobación corresponda y se realice en los términos del párrafo anterior, asimismo que cumplan con las demás obligaciones que en materia de deducciones establece la Ley del ISR. Lo anterior no será aplicable para aquellas operaciones que no hayan sido comprobadas mediante el mecanismo de auto factura a que se refiere la regla 2.5.1. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2006. Los productores de caña de azúcar emitirán un solo comprobante por cada ejercicio fiscal, por cada contribuyente dedicado a la industrialización de caña de azúcar. Esto significa que opto por el 70% o por el 30% ??????

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