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Tópico: Equipo de Transporte con financiamiento
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2005 Asunto: Re: Equipo de Transporte con financiamiento
Buena tarde: En este caso el IVA es acreditable en su totalidad, ya que el interés del acreedor fue satisfecho al momento de su pago, quedando únicamente al adquirente la obligación contraída con la institución de crédito por el financiamiento contratado. En este caso la agencia está considerando efectivamente cobrada su contraprestación y el adquirente la considera efectivamente pagada. Ya que el art. 1-B LIVA en su primer párrafo establece: “que se consideran efectivamente cobradas las contraprestaciones....cuando el interés del acreedor queda satisfecho mediante cualquier forma de extinción de obligaciones que den lugar a las contraprestaciones”. Por su parte el art. 11 LIVA establece “se considera que la enajenación de los bienes en el momento en que efectivamente se cobren las contraprestaciones y sobre el monto de cada una de ellas Saludos
Tópico: pension alimenticia
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 30, 2005 Asunto: Re: pension alimenticia
Buen día: El descuento deberá efectuarse sobre los conceptos literales establecidos en la resolución, a los cuales deberá de aplicarse el porcentaje que en ella se determine, aun cuando pueda parecer excesivo. De afectar dicho descuento al trabajador, éste será quien deberá ejercer sus derechos ante el Juez corrrespondiente.
Tópico: Deducción de mercancías adquiridas en el extranjero
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 29, 2005 Asunto: Re: Deducción de mercancías adquiridas en el extranjero
Buen día: En el artículo 36 de la Ley Aduanera, dice lo siguiente: Quienes importen o exporten mercancías están obligadas a presentar ante la aduana, por conducto de agente o apoderado aduanal, un pedimiento en la forma oficial aprobada por la Secretaria. En su caso no estan en dicho supuesto, ya que no importaron. así como tampoco exportaron dichas mercancías. Considero que para la deducción se deberá contar con la documentación correspondiente, como lo son: factura, comprobante de pago al extranjero, así como los contratos, etc.
Tópico: COMISIONISTAS INTERMEDIO?
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2005 Asunto: Re: COMISIONISTAS INTERMEDIO?
Buena tarde: Como Comisionista es el Régimen Intermedio de las Personas Físicas con actividades empresariales (artículo 134 de la Ley ISR) donde podría tributar, el requisito principal es que perciba ingresos únicamente por la realización de actividades empresariales, sin considerar sueldos y salarios. El segundo requisito es que dichos ingresos no hayan rebasado el ejercicio anterior $4,000,000.00.
Tópico: CHEQUES......UNO O DOS DIAS DESPUES ??????
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2005 Asunto: Re: CHEQUES......UNO O DOS DIAS DESPUES ??????
Buena tarde: Aquí está hablando en que turno bancario estás pagando, turno matutino o turno vespertino, la mejor opciónes pagar vía internet.
Tópico: ¿Ingreso gravado por la tasa 0% de la ley del IVA?
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2005 Asunto: Re: ¿Ingreso gravado por la tasa 0% de la ley del IVA?
Buena tarde: a) Tu proveedor va a factuar a tasa cero por la venta de la maquinaria. b) La distribuidora estaría facturando por comisiones por derivar clientes. Dicha comisión estaría gravada a la tasa del 15%, por ser operaciones independientes a la enajenación. Esta es mi opinión. Saludos
Tópico: pago en especie
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 28, 2005 Asunto: Re: pago en especie
Buen día: Sobre el tema ya se han tratado otros tópidos: El pago en especie esta regulado en el artículo 20, fracción II, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Saludos
Tópico: ¿Patrocinios gravados?
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2005 Asunto: Re: ¿Patrocinios gravados?
Buena noche: Efectivamente el patrocinio esta gravado, debido a que la empresa patrocinadora esta recibiendo beneficios en promoción y/o publicidad. La fundación deberá expedir comprobante en el que se incluirá el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Diferencia: [color=red:223f0fed84]Donativo:[/color:223f0fed84] Entrega voluntaria de algo, sobre todo con fines benéficos, limosna. [color=red:223f0fed84]Patrocinio: [/color:223f0fed84]Ayuda económica o de otro tipo que, generalmente con fines publicitarios o fiscales, se otorga a una persona o a una entidad para que realice la actividad a que se dedica.
Tópico: perdida de camioneta
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2005 Asunto: Re: perdida de camioneta
Buena noche: Ampliando lo relacionado con el tercer párrafo del artículo 43, LISR: Cuando el contribuyente [color=red:333e489d6f]reinvierta la cantidad recuperada en la adquisición de bienes de naturaleza análoga a los que perdió, o bien, para redimir pasivos por la adquisición de dichos bienes[/color:333e489d6f], únicamente acumulara la parte de la cantidad recuperada no reinvertida o no utilizada para redimir pasivos. la cantidad reinvertida que provenga de la recuperación solo podrá deducirse mediante la aplicación del por ciento autorizado por esta ley sobre el monto original de la inversión del bien que se perdió y hasta por la cantidad que de este monto estaba pendiente de deducirse a la fecha de sufrir la perdida.
Tópico: COMO LE HAGO PARA CONTROLAR!
a_cano

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2005 Asunto: Re: COMO LE HAGO PARA CONTROLAR!
Buena noche: Mi Lobo, creo que si es una idea...... imagínate dar un cheque en blanco y que te vacia la cuenta... cuando agarras al chofer, aunque te firme varios pagarés con que los garantiza. De esa manera la empresa tiene más que perder, es mejor no arriesgar y tener unos gastos que posiblemente no sean deducibles.

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