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25/Feb/16 12:16
CAMBIO DEL LUGAR DE TRABAJO

Buenos días a todos,

El caso que les quiero consultar es el siguiente:

A un familiar lo quieren transferir de lugar de trabajo, (de una sucursal a otra), el se desempeña como guardia en una tienda departamental, en la cual ya tiene 8 años, y esta transferencia la interpreta como una medida de presión para que renuncie, ya que lo enviarían a un municipio muy retirado tanto de su domicilio como del domicilio laboral actual.

Es posible que se niegue a la transferencia? Es decir, el se podría seguir presentando en su lugar de trabajo actual hasta que decidan despedirlo? y en ese caso, si presentan el despido como justificado, acudir a la junta de conciliación local o interponer una demanda laboral para que el patrón pruebe que efectivamente se trata de un despido justificado?

Nunca le dieron una copia de su contrato, la verdad no se si este establecido en el lo del cambio de sucursal, aunque según me comento un abogado en otra ocasión, en el contrato siempre se debe especificar el lugar donde el empleado prestará el servicio, a menos que se trate de personal que tenga que laborar visitando clientes en ciertas zonas geográficas.

Gracias de antemano.
 
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dannyel29
Soldado

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26/Feb/16 12:17
Re: CAMBIO DEL LUGAR DE TRABAJO

Es un asunto delicado y mas por no contar con el contrato laboral correspondiente. Pues es la manera de definir su situación.

En este caso como prioridad insoslayable es que platique con el patron, el del mas alto rango, de ser posible hasta con el dueño y dialogue con respecto a su asunto, si hubiera una manera de que ambas partes pudiera tener beneficios, y logren ponerse de acuerdo. Debe manifestar sus inquietudes, sus problemas, no es una rebeldía sino mas bien sentir una seguridad en su trabajo y tranquilidad que es lo mismo por parte del patrón.

Intentar lograr capitalizar una empatía, donde ambos deben empatizarse, no tan solo el patron. Y se trata de apoyarse mutuamente, pero hacerlo con hechos y no de palabra. Asi se fortalecen los nexos y las buenas relaciones.

No se llega a este caso, pasara a la JCyA ahi el procedimiento practicamente es similar al anterior con la diferencia que ahora permanece un conciliador o mediador el cual los guiaria en la consecucion de un convenio que ambas partes debe hacer que negocien. Esto es el deber ser, los resultados ya dependen de todos los participantes.

Un punto que si no se ponen de acuerdo, el conciliador pasara el asunto a un actuario que le solicitara la version que ya se comento en el topico, luego procede a solicitarle al patron el contrato laboral, SI ahi se indica que pudiera ser transferido el trabajador, el mismo debe acatar lo señalado en el contrato. En caso que no se exprese dicha referencia, este ya no procede.

Si las parte decidieran renegociar el contrato sus condiciones, primeramente deberan dar por terminado el contrato actual mediante un convenio y su finiquito ante la junta y posteriormente confeccionar un nuevo contrato con condiciones nuevas y pagos correspondientes

Esto es el deber ser, pero en la practica, cada quien saca las ventajas que la ley no contempla, lo que ya no seria culpa de la ley, si no de la manera de proceder por cada persona
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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