11/Abr/12 14:24
Re: Submaquila Tasa 0%
Gracias por contestar, procedo a su vez a responder las interrogantes ..
1.- En que parte de la ley se establece el plazo ?
La ley no establece un plazo, pero en la Regla 5.2.9 que es la que establece la opción de facturar al 0% exige que se cuente con un reporte que debe incluir las actividades de los 6 meses anteriores, de ahí que si no han transcurrido aun los 6 meses, no se puede contar con ese reporte, creo yo.
2.- De quien es la obligación de proporcionar el reporte?
De la empresa IMMEX eso esta muy claro, ella lo presenta y le proporciona el original a la empresa submaquiladora, quien lo necesita para poder optar a la tasa del 0%.
3.- Es nueva la IMMEX, como para no tener algún reporte del material, o de algun reporte anual?
No es nueva la empresa IMMEX, pero creo que la cuestión no es las operaciones de la IMMEX en general, sino especificamente las que tiene con la empresa submaquiladora, porqe la proporción que se saca, es de las operaciones de submaquila de la immex con la empresa mexicana en cuestión, de manera que considero yo que las operaciones previas no van a autorizar a la empresa a aplicar tasa 0, salvo que se contara con el reporte anual de 100% exportaciones.
Agradezco sus comentarios, me gustaría saber como considera usted que se debe hacer en este caso y el fundamento legal, saludos.