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11/Jul/16 12:42
Patron dado de baja por Art. 251

Estimados Colegas Buen día:
Tengo una situación con el seguro social.
Una SA cambio de domicilio fiscal pero son subdelegaciones diferentes por lo cual no aceptaron el cambio de domicilio y se proceso un alta en el nuevo domicilio y después se procedía con la baja del RP (A).
1.- Se procesaron todas las bajas pero existió una que no fue aceptada por que según el sistema del IMSS el numero de seguro social no estaba activo.
2.- Se procesaron todas las altas en el nuevo RP (B)
3.- Al momento de querer proceder con la baja el RP (A) no fue aceptado derivado que el IMSS procedió a darlo de baja por Art. 251.
4.- Pasaron dos años de esta situación, ahora el IMSS del RP(A) me finca diferencias por el empleado que no me acepto la baja y para reactivar el registro patronal (A) me solicita pague todas los periodos a la fecha y pueda presentar la baja correspondiente.
5.- La SA cubrió todas las cuotas del empleado que no acepto en su momento la baja con el RP (B) pero el IMSS no las acepta, ellos quieren que pague y después solicite la devolución correspondiente.
6.- Nos indicaron que pagáramos las COPS y las pagamos, cuando esto sucedió nos volvimos a presentar y ahora quieren que paguemos también RCV.

En este caso que se puede hacer para no pagar?
 
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jorda86
Sargento Segundo

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12/Jul/16 12:47
Re: Patron dado de baja por Art. 251

trabajador activo en RP A y trabajador activo en registro patronal B

Puedes darlo de baja de manera retroactiva si compruebas que el trabajador ya estaba en laborando en la empresa B ¿no vieron esta opción?
 
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bandido07
Capitán Primero

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12/Jul/16 16:42
Re: Patron dado de baja por Art. 251

Si no presenta baja, su problema si esta complicado. Y tiene que ser con la fecha en su momento.

bandido le indica una baja retroactiva, si es posible que funcione la baja. Pero el problema es que surtirá efectos jurídico ese mismo día en que se presente.

¿Indica baja art. 251 LSS, que evidencia tiene de esta baja? Quizás con la misma se elimine todas estos requerimientos que les fincaron.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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14/Jul/16 09:36
Re: Patron dado de baja por Art. 251

Buen día, a la opción que se refiere bandido07, es la que viene en el Art. 37 LSS.

Saludos.
 
«Antes que cambien los reinos, los hombres deberán cambiar» ═╬═
 
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ByPaco
Teniente Coronel

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