12/Feb/12 14:44
Re: CREDITOS ANTERIORES A 5 AÑOS
Hay que identificar que tipo de diligencia aplico la autoridad.
Le esta realizando un procedimiento de verificacion, entonces procede realizar un recurso o procedimiento para argumentar la caducidad. Ya no tendria facultades la autoridad.
Pero, si se trata de una resolucion por cobro, es decir, ya no existen averiguaciones por verificaciones, ya se encuentra determinado un monto a liquidarse y la autoridad realiza una diligencia por cobro, entonces el procedimiento seria argumentarse la prescripcion.
Pudiere documentarse en el CFF, buscando estos terminos para poder estar en posibilidades de lograr las aclaraciones conforme a su derecho les corresponderia, con el fin de que dicho tramite surta los efectos que les deba garantizarse de manera efectiva.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?