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25/Ene/12 21:03
Re: Devolucion de Infonavit?

QUE TAL AMIGOS YO LES TENGO UNA PREGUNTA

ESTA DEVOLUCION DEL SALDO DE LA CUENTA DEL INFONAVIT TAMBIEN PUEDE HACER LA SOLICITUD UNA PERSONA QUE GOCE DE PENSION POR VIUDEZ CUANDO EL ESPOSO FALLECIDO NUNCA SOLICITO UN CREDITO INFONAVIT????


SALUDOS
 
CARPE DIEM
 
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VASKEUR
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25/Ene/12 23:35
Re: Devolucion de Infonavit?

Sip podria conseguirse ese derecho, ya que debe ser entregado a sus beneficiarios.



Algunos parrafos del art.

La Comisión conocerá de las reclamaciones que reciba por parte de patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios, cuando a juicio de éstos hubiesen recibido un tratamiento incorrecto, injusto o negligente y se asegurará de su debida atención, en los términos de la normatividad correspondiente.

La Comisión conocerá, substanciará y resolverá los recursos que promuevan ante el Instituto, los patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios; en los términos de la normatividad correspondiente y con sujeción a los criterios que sobre el particular, establezca la Comisión de Vigilancia.


Artículo 37.- El derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda en los términos descritos en el artículo 40, prescribe a favor del Fondo Nacional de la Vivienda a los diez años de que sean exigibles.



Uno de los parrafos del Artículo 38.-

Los trabajadores titulares de las cuentas individuales y sus beneficiarios, directamente o a través de sus apoderados o representantes sindicales, así como sus patrones, podrán presentar sus reclamaciones en contra de las administradoras de fondos para el retiro o entidades financieras autorizadas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, ante esta misma Comisión, en los términos dispuestos por la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo 40.- Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, serán transferidos a las administradoras de fondos para el retiro para la contratación de la pensión correspondiente o su entrega, según proceda, en los términos de lo dispuesto por las Leyes del Seguro Social, en particular en sus artículos 119, 120, 127, 154, 159, 170 y 190, 193 y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, particularmente, en sus artículos 3, 18, 80, 82 y 83.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la transferencia de los recursos de la subcuenta de vivienda a las administradoras de fondos para el retiro. El Instituto podrá convenir con el Instituto Mexicano del Seguro Social los términos y requisitos para simplificar y unificar los procesos para autorizar la disponibilidad de los recursos a que se refiere el párrafo anterior.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Ene/12 23:35
Re: Devolucion de Infonavit?

:neutral: Buenas noches. El que no haya solicitado nunca un credito de viviena, NO es requisito para hacer la solicitud de devolución de los fondos en la subcta de vivienda. Ojo, son dos cosas distintas y la primera que usted menciona, no se considera.

Suerte,
El Lic.

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pepesoto
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25/Ene/12 23:52
Re: Devolucion de Infonavit?

Hola buenas noches:

Sip podría conseguirse ese derecho, ya que debe ser entregado a sus beneficiarios. Note por favor en las disposiciones que le adjunto que también se tornan en favor de los beneficiarios.

Y aunque estos articulos en la actualidad obedecen al INFONAVIT invertido en AFORES. Mientras que el INFONAVIT a reclamarse habra de ser antes de este nuevo regimen, se mantenían disposicion similares a las encomendadas en la ley actual, en aquellos tiempos



Algunos párrafos del Art. 25

La Comisión conocerá de las reclamaciones que reciba por parte de patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios, cuando a juicio de éstos hubiesen recibido un tratamiento incorrecto, injusto o negligente y se asegurará de su debida atención, en los términos de la normatividad correspondiente.

La Comisión conocerá, substanciará y resolverá los recursos que promuevan ante el Instituto, los patrones, los trabajadores o sus causahabientes y beneficiarios; en los términos de la normatividad correspondiente y con sujeción a los criterios que sobre el particular, establezca la Comisión de Vigilancia.


Artículo 37.- El derecho del trabajador y, en su caso, de los beneficiarios, a recibir los recursos de la subcuenta de vivienda en los términos descritos en el artículo 40, prescribe a favor del Fondo Nacional de la Vivienda a los diez años de que sean exigibles.



Uno de los parrafos del Artículo 38.-

Los trabajadores titulares de las cuentas individuales y sus beneficiarios, directamente o a través de sus apoderados o representantes sindicales, así como sus patrones, podrán presentar sus reclamaciones en contra de las administradoras de fondos para el retiro o entidades financieras autorizadas por la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro, ante esta misma Comisión, en los términos dispuestos por la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

Artículo 40.- Los fondos de la subcuenta de vivienda que no hubiesen sido aplicados de acuerdo al artículo 43 Bis, serán transferidos a las administradoras de fondos para el retiro para la contratación de la pensión correspondiente o su entrega, según proceda, en los términos de lo dispuesto por las Leyes del Seguro Social, en particular en sus artículos 119, 120, 127, 154, 159, 170 y 190, 193 y de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, particularmente, en sus artículos 3, 18, 80, 82 y 83.

A efecto de lo anterior, el trabajador o sus beneficiarios deberán solicitar al Instituto la transferencia de los recursos de la subcuenta de vivienda a las administradoras de fondos para el retiro. El Instituto podrá convenir con el Instituto Mexicano del Seguro Social los términos y requisitos para simplificar y unificar los procesos para autorizar la disponibilidad de los recursos a que se refiere el párrafo anterior.


Artículo 53.- Las controversias entre los trabajadores o sus beneficiarios y el Instituto, sobre derechos de aquéllos se resolverán por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje una vez agotado, en su caso, el recurso que establece el artículo anterior.

Las controversias derivadas de adeudos de los trabajadores al Instituto por créditos que éste les haya concedido, una vez agotado, en su caso, el recurso a que se refiere el artículo anterior, se tramitarán ante los tribunales competentes.

Será optativo para los trabajadores, sus causahabientes o beneficiarios, agotar el recurso de inconformidad o acudir directamente a la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o a los tribunales competentes.


OCTAVO.- Los trabajadores que se beneficien bajo el régimen de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997, además de disfrutar de la pensión que en los términos de dicha ley les corresponda, deberán recibir en una sola exhibición los fondos acumulados en la subcuenta de vivienda correspondientes a las aportaciones acumuladas hasta el tercer bimestre de 1997 y los rendimientos que se hubieran generado. Las subsecuentes aportaciones se abonarán para cubrir dichas pensiones.
 
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enrique9727
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26/Ene/12 17:26
Re: Devolucion de Infonavit?

Claro que se pueden recuperar, pero no seme emocione tanto hay que analizar primero el caso y hacer los tramites necesarios; porque me ha tocado que hasta los pensionados antes de 1997 creen tener derecho a esta devolucion.

Saludos
 
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juancarm
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26/Ene/12 23:26
Re: Devolucion de Infonavit?

:neutral: Buenas noches. Perdón, no me expliqué adecuadamente. Lo que el infonavit está/estará devolviendo, será el 5% de aportaciones a la subcuenta de vivienda de los trabajadores beneficiados, segun los 4 grupos detectados. Algunos creen que devuelve creditos no usados, aqui está la confusión.

Salu2,
El Lic.

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pepesoto
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27/Ene/12 10:23
Re: Devolucion de Infonavit?

Si ya consiguieron un credito hipotecario en el INFONAVIT. Ya lo recuperaron lo de este decreto.

El Infonavit de afores (a partir de Julio 1997, no se regresa de 'inmediato') Solo el fue cotizado antes de esta fecha y que no se halla empleado aun.
 
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enrique9727
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28/Ene/12 00:53
Re: Devolucion de Infonavit?

:neutral: Buenas noches. Y si existe confusión, espero poder ayudar a disiparla.

El Lic.

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pepesoto
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