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20/Ago/05 11:07
Re: incapacidad por maternidad

:lol: ¿Cerramos tópico, pues...?
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
General de Brigada

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23/Ago/05 10:36
Re: incapacidad por maternidad

amigos porfavor perdonenme no pude entrar a la pagina porque se habia extraviado mi clave, me prometi aprendermela ésta vez. :cry: sorry!!!



la modificacion que se hizo fue en forma general para todos los trabajadores un aumento del 5% sobre su salario diario , y por consiguiente tuve que hacer la modificacion a ésta incapacitada



les agradezco mucho amigos
 
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bettsy
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23/Ago/05 11:05

En nuestro caso cuando hay aumentos masivos (por lo general en enero), el sistema tiene una validación para que no les genere MS a los incapactados y en cuanto regresan se les hace el aumento, precisamente para no tener problemas de cap. constitutivos, etc.
 
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MMartinezC
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23/Ago/05 11:12
Re: incapacidad por maternidad

[quote:928d82584b="bettsy"]amigos porfavor perdonenme no pude entrar a la pagina porque se habia extraviado mi clave, me prometi aprendermela ésta vez. :cry: sorry!!!



la modificacion que se hizo fue en forma general para todos los trabajadores un aumento del 5% sobre su salario diario , y por consiguiente tuve que hacer la modificacion a ésta incapacitada



les agradezco mucho amigos[/quote:928d82584b]

Entonces te debiste haber esperado, ya que estas de acuerdo que ella no puede tener aumento puesto estan "suspendidas" la relaciones laborales en terminos de LFT y en terminos de IMSS corres el riesgo de algun posble cobro de diferencias esperemos que no pase

saludos
 
Visiten mi espacio elnidodelseguro.com .mx
 
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lcgabrielaranda
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23/Ago/05 11:12

[quote:a0965931dc="MMartinezC"]En nuestro caso cuando hay aumentos masivos (por lo general en enero), el sistema tiene una validación para que no les genere MS a los incapactados y en cuanto regresan se les hace el aumento, precisamente para no tener problemas de cap. constitutivos, etc.[/quote:a0965931dc]

Asi es si el sistema no te valida quien esta incapacitado para MS, queda como validación manual del responsable x obvias razones.
 
Por el bien de Todos primero las Pymes
 
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fiscosys
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23/Ago/05 11:54
Re: incapacidad por maternidad

Betssy, solo que sea por eso la tardanza, pero es que la mula no era arisca...

Mi opinión, considero que la MS derivada del aumento de salario otorgado era obligación del patrón reportarla al IMSS, como así lo hicieron, ahora bien debemos conocer la fecha de presentación y de la modificación misma, ya que considera que si la fecha es posterior a la fecha de parto el IMSS por obvias razones pagará la incapacidad post-parto sobre el salario anterior, caso contrario considero procede la reclamación al IMSS, que no al patrón del pago de la diferencia.

El porque de mi dicho.

El art 42-II de LFT tal y como nos comenta el Gabo Aranda (saludos mi apreciable) dice que las relaciones de trabajo se suspenden, pero debemos puntualizar que el artículo en comento dispone literalmente lo siguiente;

[color=darkred:1d76d759f7]42....
II. La incapacidad temporal ocasionada por un accidente o enfermedad que no constituyan un riesgo de trabajo.[/color:1d76d759f7]

Ahora bien, entiendo que las incapacidades se clasifican en tres grupos; Riesgo de Trabajo, [color=darkred:1d76d759f7]Enfermedad[/color:1d76d759f7] o Maternidad. Y el texto legal citado refiere a "las ocasionadas por accidente o enfermedad que no constituyan un riesgo de trabajo", dejando fuera de la hipótesis de Ley a las incapacidades por Maternidad y a las motivadas por un Riesgo de Trabajo, debiendo en consecuencia considerar a los y las trabajadores (as) que se ubiquen en dicho supuesto (incapacitados por Maternidad y RT) como trabajadores (as) en activo. Esto es, en dichos supuestos no se entiende suspendida la relación de trabajo. Adicionalmente encontramos que el artículo 127-IV de la misma LFT dispone que las madres trabajadoras en sus periodos pre y post natales al igual que los trabajadores victimas de un riesgo de trabajo sean consideradas trabajadoras en activo.

Es mi opinión, confiemos en que alguien podrá aportar mejores comentarios.

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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23/Ago/05 12:15
Re: incapacidad por maternidad

[quote:1eac7e2b75="bettsy"]hola amigos, buen dia

tengo una pregunta, hay una trabajadora que estuvo incapacitada por maternidad, y en el segundo periodo de la incap. (45 dias) se le aumento su salario y se hizo la modificacion respectiva ante el imss, ella dice que el imss le debe una diferencia en cuanto al subsidio, porque le pagaron conforme al salario anterior.

no me acuerdo muy bien que se hace al respecto, el seguro le puede pagar la diferencia?, que fundamento existe?

de antemano gracias[/quote:1eac7e2b75]

Bettsy agarrate ya que a mi el dia de hoy me llego un Capital Constitutivo ya que el pasado 1 de Abril se hizo un incremento general en toda la empresa la trababajadora se incapacito por EG a partir del dia 4 de Abril, aqui le hicieron una modificacion apartir del dia 1 de Abril pero la presentaron hasta el dia 11 de Abril.

El dia de hoy me llego un capital por 2,100.00 por haber reportado un salario menor a la fecha del la Incapacidad y posteriormente haber hecho una modificacion.

Entonces si el IMSS le paga con el Salario real te van a cobar el Capital constitutivo.

Yo acabo de entrar a la empresa en la que estoy el pasado 1 de Junio y esta era una practica que se venia haciendo mandar modificaciones de sueldos aunque estuviesen incapacitados lo cual es incorrecto por esto de los capitales.

Y como ya comentan aun cuando tengas un super paquete de nominas nosotros manejamos SAP y este no valida que no se hagan movimientos a los trabajadores incapacitados, ya sea MS o Bajas.

Buena suerte
 
'Cada fracaso le enseña al hombre algo que necesitaba aprender'.
 
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esmeb
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23/Ago/05 12:56
Re: incapacidad por maternidad

[quote:a0d50a04f5="esmeb"]
Bettsy agarrate ya que a mi el dia de hoy me llego un Capital Constitutivo ya que el pasado 1 de Abril se hizo un incremento general en toda la empresa la trababajadora se incapacito por [color=darkblue:a0d50a04f5]EG[/b:a0d50a04f5][/color:a0d50a04f5] a partir del dia 4 de Abril, aqui le hicieron una modificacion apartir del dia 1 de Abril pero la presentaron hasta el dia 11 de Abril.

Buena suerte[/quote:a0d50a04f5]

Nos comentas esmeb que en tu caso la incapacidad es por [color=darkblue:a0d50a04f5][b:a0d50a04f5]E[/b:a0d50a04f5][/color:a0d50a04f5]nfermedad [color=darkblue:a0d50a04f5][b:a0d50a04f5]G[/color:a0d50a04f5]eneral, por lo que se ubica en el hipótesis de Ley contemplada en el 42-II de LFT, pero yo insisto (terco, dice mi mamá que ella penso que en Torreón no se reproducia el armadillo pero que ya ve que estaba equivocada) lo que Betssy expone es diferente.

Saludos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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23/Ago/05 14:25
Re: incapacidad por maternidad

mi caso es incapacidad por maternidad, y fue incremento de salario en tiempo y forma,
y la segunda incapacidad (despues del parto) se la expiden el dia 08 de junio de 2005 y yo le hago el incremento y la modificacion ante el imss el dia 17 de junio de 2005. por lo que para esa fecha ya habia cobrado el subsidio de la incapacidad.



gracias por sus comentarios
 
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bettsy
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23/Ago/05 17:31

Bueno Betssy ya agradecio los comentarios, por lo cual creo que es bueno decirle a nombre de todos (si se me permite la libertad tomada) que de nada, estamos para ayudarnos.
 
sos al sos
 
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sosgtorreon
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