Por error se emitió un CFDI de arrendamiento, con retención de 10% en retención de iva y 10.67% en retención de ISR.
Es muy difícil cancelar el CFDI por varias razones, mi pregunta es, debo poner en el pago provisional del arrendamiento, la retención de ISR que se emitió en el CFDI ó la que correspondía?
Qué consecuencias tiene emitir el CFDI con las retenciones al revés?
Invariablemente se debe de proceder con la cancelación del CFDI y emitir uno nuevo con las retenciones correctas. En el Pago Provisional se deben de asentar los montos correctos.
Es probable que por este detalle de no corregirse el SAT pudiera mandar carta invitación para explicar las diferencias.
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11/Ene/24 15:52
Re: Retención inversas
Yo lo que hiciera es comunicarme con el cliente para comentarle sobre el error, y hacer un acuerdo para corregir el CFDI, porque puede que en unos años llegue carta invitación sobre esa inconsistencia