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06/Nov/19 12:51
SOCIEDADES SIN MOVIMIENTO

Buenas tardes

Platicando con un colega, nos hizo ver el riesgo de las sociedades dormidas, las cuales tienen que cumplir con ciertas obligaciones fiscales y en ocasiones las descuidamos.

1.- Presentar cada mes las declaraciones a las que están obligadas. (Mensual y Diot)

2.- Llevar la contabilidad electrónica, enviando su balanza mensualmente.

3.- También los libros sociales, son muy importantes, me he encontrado que no los hay.

Que obligaciones, deben cumplir

Que recomiendan porque las multas de la contabilidad electrónica son altas

Gracia
 
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Petrus
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06/Nov/19 14:28
Re: SOCIEDADES SIN MOVIMIENTO

Petrus

Lo mas recomendable es que si ya no hay actividad ni se piensa retomar, se iniciara el proceso de liquidacion y la cancelacion del RFC para evitar estar enviando declaraciones en 0 y como bien dices la contabilidad electronica, haya o no movimientos.

Saludos!

Editado: Noviembre 06, 2019 14:30:51
 
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NicolasCastilloPerales
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06/Nov/19 18:08
Re: SOCIEDADES SIN MOVIMIENTO

Podrías optar por presentar el Aviso de Suspensión de Actividades, al respecto la regla 2.5.12 estipula que para personas morales, durará dos años y podrá prorrogarse una ocasión por un año. Una vez concluido el plazo de la suspensión, el contribuyente deberá presentar el aviso de reanudación de actividades o el correspondiente a la cancelación ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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