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15/May/17 15:38
COPROPIEDAD ENAJENACIÓN DE INMUEBLES

Buenas tardes, en el caso de enajenación de bienes inmuebles cuando existe la copropiedad ¿Se debe designar un representante comun ante el SAT? , En caso afirmativo ¿Que sucede si no se designo representante y solo se formalizo la venta ante el notario pero solo una persona tuvo el ingreso de dos al 50% y 50%?

¿El apartado de copropiedad de la declaración anual cuando existio ISR por la venta del inmueble se debe llenar? Ya que por la información entiendo o parece más el formato de la anual para arrendamiento o actividad empresarial (Me queda claro que se llena el apartado de enajenación de bienes).

Gracias.
 
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Alvarosky
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20/May/17 10:08
Re: COPROPIEDAD ENAJENACIÓN DE INMUEBLES

Buenos dias
¿Se debe designar un representante comun ante el SAT?

Si, para efecto de un representante ante el SAT

¿Que sucede si no se designo representante y solo se formalizo la venta ante el notario pero solo una persona tuvo el ingreso de dos al 50% y 50%?

No pasa nada, cada persona, tiene obligacion declarar sus ingresos.

¿El apartado de copropiedad de la declaración anual cuando existio ISR por la venta del inmueble se debe llenar?

Si, aunque no exista ISR, se tiene obligacion de la declaración.
 
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ALLENDE
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