06/May/14 15:25
TASA DE IVA EN EXPORTACION DE BIENES
Estimados Colegas,
Necesito su punto de vista de lo siguiente que se me presento:
Tengo una empresa prestadora de servicios, tiene un cliente que tiene establecimiento permanente en el extranjero pero de antemano yo se que el servicio va a ser aprovechado en territorio nacional,estaba pensando en ampararme bajo el art58 RLIVA que menciona
[/quote]Asimismo, se entiende, entre otros supuestos, que los servicios a que se refiere la fracción
mencionada, se aprovechan en el extranjero cuando sean contratados y pagados por un residente en el
extranjero sin establecimiento en el país, siempre que se paguen mediante cheque nominativo o
transferencia de fondos a las cuentas del prestador del servicio en instituciones de crédito o casas de
bolsa y el pago provenga de cuentas de instituciones financieras ubicadas en el extranjero. [quote]
Con esto estaria gravando a tasa 0 y tendria mas ganancia, y Ud que opina???
Saludos y Gracias