Tengo un 'monton' de facturas en cxp, muchas de ellas CBB, otras tantas CFD.
¿Que pasa si a partir de abril 2014 yo empiezo a pagar estas?
¿Tiene algun efecto que perjudique fiscalmente a la empresa?
¿Es decir estoy pagando una factura que hoy 2014 estrictamente no cumple con los requisitos de ley, y que pasa con este IVA que se causa al momento del pago, puedo respaldarla con una factura que no es cfdi?
Saludos cordiales
vicentino Teniente Mensajes:
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21/Mar/14 19:57
Re: CBB ABRIL 2014
BUEN TEMA para aprender de todos lo comentarios que se hagan a este tema.
segun el art 27 frac VIII DE LISR ultimo parrafo no indica: cuando los pagos que se refiere el parrafo anterior se efectuen con cheque, la deduccion se efectuara en el ejercicio en que este se cobre, siempre que entre la fecha consignada en el comprobante fiscal que se haya expedido y la fecha que efectivamente se cobre dicho cheque NO HAYAN TRANSCURRIDO MAS DE CUATRO MESES, EXCEPTO CUANDO AMBAS FECHAS CORRESPONDAN AL MISMO EJERCICIO.
segun mi opinion este parrafo seria para pagos a personas fisicas (para ISR E IVA).
que pasa cuando los comprobantes fiscales se expidan entre personas morales del mismo regimen?
cruz777 Capitán Segundo Mensajes:
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