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08/Abr/11 21:53
DECLARASAT....

Bunas Noches Señores Foristas.

En el llenado del DECLARASAT, me resulta un saldo a favor de ISR, y un saldo a pagar de IETU, luego entonces, en el apartado de COMPENSACIONES, hago lo conserrniente a la aplicacion de compensar ISR contra IETU, pero al desplegar el 'formato' de la Declaracion, no queda plasmado dicha COMPENSACION en el renglon CC1,que quiero hacer.
Quisiera por favor si alguien sabe por que sucede esto en esta version del DECLARASAT 2011, ya que, el año pasado dicha compensacion se daba automaticamente, claro que metiendo su respectiva compensacion en hoja de ayuda y posteriormente el envio del F3241 al SAT.

Por su atencion, de antemano MUCHAS GRACIAS.
 
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dorconta
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08/Abr/11 22:07
Re: DECLARASAT....

EN EL FORMATO DE LA DECLARACION TE QUEDA ISR A FAVOR CON IETU A PAGAR.
PERO EN EL FORMATO DE AYUDA YA QUEDA COMPENSADO, LO MISMO EN EL DE TALLE DEL CALCULO.
EL SIGUIENTE PASO ES HACER LA COMPENSACION. QUE APENAS ESTOY VIENDO COMO YA QUE ES CADA AÑO. (COMPLICADISIMA) TE LA RECHAZAN POR TODO.
TAMBIEN DICE QUE VAYAS AL PORTAL DEL BANCO PERO SI NO TIENES NADA QUE PAGAR , YA NO HAY QUE METERSE AL PORTAL SOLO QUE VAYAS A PAGAR ALGUN DIFERENCIAL. Y LUEGO LA COMPENSACION
 
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fdiaz
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08/Abr/11 23:57
Re: DECLARASAT....

Efectivamente colega dorconta:

El declaraSAT version 2011, no cuenta con la manipulacion del renglon CC1 de la caratula de la determinacion y pagos del ISR causado. Y que a su vez servia para traspasarse este importe al renglon R de la caratula por la determinacion y pago del IETU.

Resulta que no se puede operar de este modo como se podia hacer en el DeclaraSAT version 2010, para la declaracion del ejercicio 2009.

No ha habido cambio en el formato de la declaracion, ni de la ley. Y lo curioso que en declaracion de personas fisicas y morales, segun la LIETU, debe seguirse el mismo tratamiento, mismos renglones.

En la declaracion las personas fisicas, se evitaba el tener que presentarse un aviso de compensacion con este tipo de traspaso, lo que a mi me parece un muy buen ejemplo de simplificacion administrativa, pues no tiene caso aplicar un aviso de compensacion.

Tu lo has señalado, en la forma didactica de impresion si se incluye como compensacion no se refleja el pago neto en la forma fiscal. Es precisamente el aviso de compensacion y el formulario del banco que debiesen explicar o fundamentar este hecho.

Pero resulta muy retrogada tener que presentar un aviso por datos que se muestran con transparencia en una declaracion por ambos impuestos en el mismo momento y con la claridad que debiese permitirse este tipo tramite de simplificacion. Pero, en LIETU no se señala con la suficiente claridad este paso del traspaso del renglon CC1 vs el R de las dos caratulas.

Pero, si es una forma oficial aprobada, entonces ¿porque razon se diseño con tales renglones?

Hable por mi parte para realizar una consulta ante el SAT en la Cd de Mexico, me dieron 3 caminos a seguir:

1.- Realizar la compensacion de la manera que la comentas, con las implicaciones de tener que presentar el aviso. En esto creo que no habria ninguna duda. Excepto que resulta muy tedioso tener que implementar un segundo tramite, por algo que ya se te solicito declarar, como que es muy burocratico este tipo de acto y no tiene un fin muy preciso porque hacerse de este modo.

2.- Existe un formato oficial, si en el declaraSAT no puede manipular ni por la via manual o automatica. Solo quedaria la opcion de presentar el formato oficial por escrito ante una institucion bancaria con la presentacion de una identificacion oficial, generandose la aplicacion de los renglones CC1 y R ya señalados. Asi evitandose el empleo de la compensacion y de su aviso.

3.- Ademas de los renglos CC1 y R, ambas caratulas de los impuestos cuentas con dos renglones similares, que hasta la fecha no me han sabido explicar para que sirven:
otras cantidades a favor/ a cargo del contribuyente.

Un compañero colega me expreso que asi aplicaba dicho traspaso. En personas morales se tienen los mismos renglones.

Pero, en LIETU no se expresa con la suficiente claridad este procedimiento.

Pero, bueno entonces cuando se deben de emplear los renglones CC1 y R. En el 2009, si era factible en el declaraSAT de ese año. Al parecer en 2011 ya no se tiene la funcionalidad ¿la razon? no se sabe.

¿Cuando se emplean los renglones: otras cantidades a favor/ a cargo del contribuyente?
Si no se emplearian, entonces porque se incluyeron en un formato oficial.

Y mis ultimos cuestionamientos ¿El formato oficial decretado, aprobado y publicado, tiene la legalidad y el sustento de la LIETU?

¿Por que la autoridad no tiene la capacidad suficiente para dar a conocer de manera completa el buen uso de un formato oficial, en cada uno de los renglones y casillas. Es su obligacion el presentar la oficializacion del formato, pero tambien el de señalar su correcto empleo. No esta cumpliendose esta funcion de la autoridad.

Al contribuyente no le quedaria otra que declarar a su criterio personal. Si estuviese equivocado considero que la autoridad debera fundamentar su accion de que vuelva a presentar la declaracion, pero considero que al hacer no habria sancion alguna, pues resultaria ser una complementaria que unicamente subsana el error de malintepretar el empleo incorrecto de renglones, no existe dolo u omision de contribuciones, con la complementaria se subsana y repara el error, nunca hubo un desfalco, ni podria fincarse alguna sancion administrativa con certidumbre, puesto no existe una reglamentacion precisa y cabal de como procederse en este caso.

Una compensacion debe aplicarse cuando se presenta un saldo a favor previamente.
Si se presentarse el saldo a favor y el cargo en el mismo momento, no podria 'valerse' la misiva de que habria una compensacion. Pero ademas el formulario presenta renglones que podrian sugerir otros procedimientos de pagos. En cuyo caso, podria resultar una accion involuntaria del contribuyente, motivada por la ineptitud de la autoridad misma.

Te correspondera por tu parte escoger la via mas comoda y que se te acomode al derecho del contribuyente, para tener que cumplir con la obligacion de declarar.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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