Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3 4

Mensaje Autor

Arriba
10/Mar/11 11:23
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

LO PAGADO EN DICIEMBRE......LO DECLARO EN DICIEMBRE
Efectivamente migueljurado

Para que haces papeles, escritos de aclaracion, etc.

Todo debe ser asi de simple, y evitas problemas, retrasos y aclaraciones.




Saludos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/11 11:54
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

BUEN DIA,

COINCIDO CON LOS COMENTARIOS DE
CPhugoocejo
migueljurado
vabdo

LO PAGADO EN DICIEMBRE/2010...... LO DECLARO EN DICIEMBRE/2010

NADA QUE VER CON EL MES DE ENERO DEL 2011 ( SOLAMENTE LA FECHA DE PRESENTACION ).

SALUDOS ...
 
Perfil

eunic
Soldado

Mensajes: 9
Ingresó: Noviembre 10, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/11 11:59
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

Hola buen dia a todos los foristas...

Yo tengo el mismo caso, voy a presentar una solicitud de IVA a favor del mes de enero 2011, mi esquema es el siguiente:

IVA Acreditable del periodo $ 3,000,000
(+) IVA Ret de diciembre enterado en enero 11 500,000
(-) IVA Ret de enero 11 aun no enterado 400,000

Saldo a favor del periodo $3,100,000

Yo la DIOT la estoy empatando con los $3,000,000, es decir con $18,750,000 de actos o actividades gravados a tasa del 16% pagados a proveedores y lo hice asi porque si no tendria que ingresar en proveedor global de $100,000 de IVA para que me empate con el saldo a favor, es decir actos a actividades gravados al 16% de $625,000, y se me hace excesivo ya que tengo gastos y/o compras con mis principales proveedores por esas cantidades en el mes. Cuales son sus recomendaciones?

Autor del tema de este foro. Podras decirnos como va tu caso? en que quedo? o cual ha sido la respuesta de la autoridad?

Saludos a todos y que tengas excelente dia.
 
Perfil

EXCALIBUR
Cabo

Mensajes: 26
Ingresó: Agosto 12, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/11 13:23
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

HOLA: assile.
Aclarale a la autoridad mediente el escrito ó VÍA LECTRONICA ' PUESTO QUE ES UNA PROMOCION , no hay de otra, aconpaña tu papel de trabajo.


O será que ahora se hace verbal ??
 
Diagnóstico Fiscal en línea
 
Perfil

FISCALDICT
Capitán Segundo

Mensajes: 392
Ingresó: Junio 30, 2010
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/11 13:58
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

El chiste es que ahora tengo que contestar el requerimiento dando MIS EXPLICACIONES… a lo que los señores no le entienden, ponen sus reglas nos hacen sudar para entenderlas, y al final no les cuadra.

Estoy molesta... perdida de tiempo.. y esfuerzo. .



Por último y complementando mi comentario anterior, opino lo siguiente..

1-. Claro que tiene que contestar el requerimiento CON los elementos que posee, con los numerales ya citados y con el DERECHO que nos da el CFF, entre otras leyes, con el fin de defender lo que de a lugar

2-. Adjunte los papeles de trabajo

3-. Claro que causa molestia, pero defiendase ¡ ¡ ¡ o la autoridad considerará como desistido el trámite.........................

4-. Demuestrele al fisco como estan las leyes...................¡ ¡ ¡


Ah, y por favor comente respecto a todo lo vertido.............

saludos
 
Consultores Fiscales : www.elfiscal.net, Twitter: ElFiscalNet Super promoción de Cursos: http://www.elfiscal.net/p/super-promocion-de-cursos-fiscales.html
 
Perfil

CPhugoocejo
General de Brigada

Mensajes: 5322
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Mar/11 14:11
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

Hola a tod@s, gracias por compartir sus valiosos comentarios del tema.

Como les comenté, voy a responder al requerimiento de aclaración, defendiendo mi postura y dando las explicaciones lo más fundadas posibles del porqué están diferentes DIOT de Enero, con el IVA acreditable de Enero (la diferencia es la retención de Arrendamiento que se hizo en Diciembre que se acreditó en Enero).

Les estaré comentando sobre la respuesta y como termina este trámite, creo que si resulta interesante para todos nosotros para saber por donde ir en lo próximo.

Creo que tambien cuenta mucho los importes que se manejan, les comenté mi devolucion de ese mes fué de 27k, entonces obvio le ponen un poco más de atención. Tambien el hecho de que el diferencial que ellos ven (la retención de Diciembre acreditaba en Enero) es de aproximadamente 12k, entonces son caso que si les llama mas la atención, pero me resulta muy interesante ver la postura aunque tarde un poquito más que me devuelvan los 27k, por que al fin y al cabo me los van a regresar (y actualizados).

Tal vez en casos pequeños,, en importes no tan grandes igual y se ajustan en la Diot, como alguien comentaba en el proveedor global, etc etc etc.. pero tal vez no son contribuyentes que pidan devoluciones, o que sean importes mas pequeñines.

Les estaré comentando...

Reciban un saludo todos y cada uno de los que han participado en el tópico...

Assile
 
Perfil

assile
Sargento Segundo

Mensajes: 71
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Mar/11 08:10
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

Buenos días,

Al principio contesté el porque podrían no coincidir el DIOT con la declaración mensual del IVA.

Pero en realidad la inconsistencia que menciona el SAT es que tu DEM IVA no coincide con el DIOT, es decir que ese importe grande de IVA retenido que no incluiste en el DIOT si lo incluiste en la DEM-IVA.

Ya mencioné que en mi experiencia lo puedo incluir en el proveedor global, pero en contadas ocasiones el importe de IVA retenido me forza a incluirlo en el DIOT y el DEM-IVA.

La razón detrás de los argumentos del SAT es el art 5 LIVA, porque menciona ese artículo que el 'IVA pagado sujeto a retención se considera pagado una vez que la retención se haya enterado', es decir que sigue siendo un IVA relacionado a un proveedor, y la fecha de pago se mueve un mes, pero al final es como si al proveedor le pagaras el IVA en dos partes, por eso lo puedes incluir dentro del proveedor global.

Todo esto en mi opinión, en tu caso mi recomendación es que presentes un escrito, y corrijas la DIOT, pero tu trámite de devolución no debe suspenderse.

Saludos

Miguel
 
Perfil

migueljurado
Capitán Primero

Mensajes: 629
Ingresó: Marzo 21, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
14/Mar/11 23:58
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

Buenas noches , quiciera aportar un poco de experiencia con tramites anteriores, debe de anexar un papel de trabajo en donde determines su iva efectivamente areditable es decir el que pagastes y agragar el iva que te retubieron para que en tu saldo final determines el saldo que estas solicitadndo a FAVOR .....
 
Perfil

luisgcamacho
Cabo

Mensajes: 45
Ingresó: Mayo 24, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/May/12 19:34
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

Buenas tardes assile:

Serías tan amable de compartir en qué terminó su trámite?

Hoy recibí dos Requerimientos por compensación de saldos a favor de IVA, y el caso es el mismo, IVA RETENIDO, me dicen que:

'DEBERA ACLARAR SU SITUACION FISCAL... TODA VEZ QUE EXISTE DISCREPANCIA CON LO RELACIONADO EN SU DIOT EN EL TOTAL DE IVA TRASLALADO AL CONTRIBUYENTE.. (PAGADO)....'

Tenemos varios años compensando IVA, porque somos una PM que compra y vende desperdicios industrializables, entonces al comprar le retengo a mi proveedor el 100% de IVA, y nuestras ventas son exportación tasa 0%.

Los saldos a favor son a partir de mes que estoy obligado a efectuar mis pagos a través del nuevo esquema DyP.

Anteriormente adjuntaba la información de mis proveedores generados en el DEM-IVA, pero para estos periodos (abril-mayo 2011) solamente envié los Anexos del programa F3241.

Muchas gracias por sus comentarios,
 
Haz lo que puedas, pide lo que no puedes, Dios te dará para que puedas!!! San Agustín
 
Perfil

amigodetodos
Teniente

Mensajes: 300
Ingresó: Abril 11, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
04/May/12 20:25
Re: DIOT. SAT ahora resulta que no les cuadra... si son sus reglas.

Bueno assile:

Si que tiene un problemon por resolver para hacer efectiva la devolucion.

Mire quien a mi parecer, mejor le ha señalado como debe conciliar la DIOT con contabilidad y con declaracion en cuanto al IVA acreditable pagado, fue el compañero EXCALIBUR. Excelente participacion completisima su manera resumida y concreta participacion.

Por otra parte, Usted no debe quitar de la vista en su revision y sus correcciones, en contabilidad, declaraciones, solicitudes lo que sea aplicable, el analizar el art 5 LIVA exclusivamente. Ningun otro. Se me confundira demasiado.

El Art 5 señala REQUISITO DE ACREDITAMIENTO. Cumplidos todos, es totalmente acreditado cualquier IVA contabilizado bajo estos parametros aqui señalados.

En definitiva la DIOT no checaria con contabilidad, ni con declaracion (en su valor acreditable pagado en el mes) Pero si se realizaria una conciliacion de la manera que el compañero EXCALIBUR perfectamente y gentilmente le ayudado. Mas claro ni el agua.

Existen dos impedimentos importante para el NO ACREDITAMIENTO y que resulta en muchas ocasiones el causante de que la contabilidad de IVA acreditable este mal, por ende las declaraciones y los tramites se van al traste. ¿Cuales?

Lea las fracciones III y IV por favor Repito reiterativamente el 5 LIVA, solamente. Ningun otro.

Ese es un IVA acreditable pero no pagado AUN... el cual no seria posible acreditarselo, y por lo tanto en contabilidad no debiera estar señalado como ACREDITABLE AUN. Hasta que sea liquidado mediante pago de declaracion como se señala en las fraccion I. La fracciones III y IV dice que NO SE ACREDITARIAN, estarian pendientes de pagarse ESTOS IVAS.... En esto radica precisamente la conciliacion que la le señalo el compañero EXCALIBUR

El compañero denota que esta muy afilado, a pues es una espada, y luego cual,la del REY ARTURO... el del bohemio puro...

salu2
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3 4