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15/Oct/10 14:01
VALES DE DESPENSA

HOLA BUENAS TARDES


Estoy haciendo recibos de nomina pero me avisan que les dieron vales de despensa a los trabajadores, ahora bien mi duda es sobre si en el recibo se incorpora el concepto de vales de despensa por la la cantidad otorgada, o no es necesario debido a que sale un cheque para la compra de los vales. epero ser clara.


Espero sus comentarios

Saludos
 
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SILVESTRE04
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15/Oct/10 15:26
Re: VALES DE DESPENSA

yo considero que si deben estar impresas en tus recibos de nomina, ya que es una percepcion del trabajador que le entrega el patron, ya que cuando presentes tu declaracion de suedos y salarios debes indicar tambien cuanto le entregaste por este concepto a tus trabajadores.

igual te recomiendo la lectura de :

ART. 27 Fracc. VI DE LA LEY DEL IMSS

Vales para despensa
(Exento)
Se consideran como previsión social ya que se equiparan a los conceptos de naturaleza análoga a los mencionados en el artículo 109, fracción VI de la LlSR, con la única limitante del procedimiento establecido en dicho artículo en su penúltimo párrafo (7 veces el SMG elevado al año)

**Artículo 109, fracción VI LISR y Criterio del SAT No. 59/2004/ISR




Editado: Octubre 15, 2010 15:27:10

Editado: Octubre 15, 2010 15:28:58
 
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diana_keyla
Cabo

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15/Oct/10 15:54
Re: VALES DE DESPENSA

hola silvestre04:

en los recibos de nomina tienen que aparecer desglosadas todas las cantidades que conforman el sueldo de los empleados.

los vales de despensa son parte del sueldo.

saludos.
 
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ESTEBAN2507
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15/Oct/10 20:12
Re: VALES DE DESPENSA

Contadora

Los recibos de nomina firmados x los trabajadores de tu empresa, son las pruebas fehacientes de tu pago nomina (sueldos, salarios, prevision social, demas prestaciones) y si tus recibos no contemplan los vales de despensa no estarias comprobando que les otorgaste vales, hay que incluirlos es lo importante.

Por otro lado el cheque que comprueba la adquisicion de vales simplemente comprueba que le pagaste a tu proveedor, no comprueba cual fue su fin. .........

nota: La deduccion x los vales (prevision social) es cuando pagas la nomina, no cuando los adquiriste........

saludos.......
 
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jlchan
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15/Oct/10 20:19
Re: VALES DE DESPENSA

:neutral: Buenas tardes. Me queda la duda de que si un vale de despensa es salario... Gracias x orientarme...

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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15/Oct/10 20:38
Re: VALES DE DESPENSA

Pepesoto

La respuesta es NO,

LEY FEDERAL DE TRABAJO.
CAPITULO V
Salario

Artículo 84.- El salario se integra con los pagos hechos en efectivo por cuota diaria, gratificaciones, percepciones, habitación, primas, comisiones, prestaciones en especie y cualquiera otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador por su trabajo.

............

El concepto de prevision social se maneja en la LISR,

ART 8. PARA LOS EFECTOS DE ESTA LEY, SE CONSIDERA PREVISION SOCIAL LAS EROGACIONES EFECTUADAS QUE TENGAN POR OBJETO SATISFACER CONTINGENCIAS O NECESIDADES PRESENTES O FUTURAS, ASI COMO EL OTORGAR BENEFICIOS A FAVOR DE LOS TRABAJADORES O DE LOS SOCIOS O MIEMBROS DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS, TENDIENTES A SU SUPERACION FISICA, SOCIAL, ECONOMICA O CULTURAL, QUE LES PERMITAN EL MEJORAMIENTO EN SU CALIDAD DE VIDA Y EN LA DE SU FAMILIA. EN NINGUN CASO SE CONSIDERARA PREVISION SOCIAL A LAS EROGACIONES EFECTUADAS A FAVOR DE PERSONAS QUE NO TENGAN EL CARACTER DE TRABAJADORES O DE SOCIOS O MIEMBROS DE SOCIEDADES COOPERATIVAS.


Saludos.
 
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jlchan
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16/Oct/10 10:11
Re: VALES DE DESPENSA

Muchas gracias por sus comentarios son de gran ayuda, y sobre todo muy acertados y fundamentados a mi pregunta.


Bonito fin de semana descansen............
 
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SILVESTRE04
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16/Oct/10 14:44
Re: VALES DE DESPENSA

Es importante conseguir la comprobacion por la compra de estos vales, definitivamente es algo imprescindible pero no seria suficiente. No tan solo habria que conseguirse su factura, su poliza de pago.

Por otro lado se debe justificar lo indispensable que resultaria esta erogacion. Es decir, debe emanar de algun contrato laboral o en su defecto de un plan de prevision social. Si se emana del contrato laboral es que seria una prestacion laboral equiparable a salario. Mientras que del otro documento simplemente podria ser una prestacion laboral, en especial si no se intenta determinarse el monto de los vales en relacion al tiempo laboral, de lo contrario se estaria convirtiendo a un salario, pues la diferencia entre una prestacion y un salario, es que este ultimo es por trabajar, mientras por el primero simplemente es por mantener la calidad de trabajador. Los salarios debe integrarse y aplicarseles contribuciones retenidas (ISR e IMSS) mientras que por las prestaciones sociales, no habria retenciones por estas contribuciones, ni se aplicarian para determinaciones de finiquitos laborales o cualquier otra incidencia en la determinaciones de partidas laborales

Adicionalmente debe comprobarse que se aplique de manera general, recopilandose la entrega de estas erogaciones de manera efectiva.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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