26/May/10 09:58
COBRO PERSUASIVO..........
HOLA FORO, HACE UNOS DIAS HABLABAMOS RESPECTO DE COBROS DEL SAT, POR TELEFONO..........
Cobro Persuasivo
Objetivo
El Cobro Persuasivo ha sido implementado por el SAT para motivar al contribuyente a través de estructuras amigables, que faciliten el pago de su adeudo fiscal, evitando con ello, llegar al requerimiento y/o embargo de sus bienes, y en general, realizar acciones previstas en ley a través del Procedimiento Administrativo de Ejecución, lo que origina mayores gastos a los ya generados y afectación en su historial crediticio, debido a que el incumplimiento de sus obligaciones fiscales, es reportado a las Sociedades de Información Crediticia.
Canales de Comunicación del Cobro Persuasivo
A través de las siguientes vías de cobro, establecemos el contacto, comunicamos el adeudo y facilitamos al contribuyente el proceso para su pago con el envío de formularios múltiples de pago electrónicos, evitando el desplazamiento físico del contribuyente.
Cartas- invitación enviadas al domicilio del contribuyente con su respectivo formulario múltiple de pago.
Correos electrónicos con formulario múltiple de pago electrónico.
Cartas-invitación dirigidas a domicilios alternos del contribuyente
Centro Telefónico de Cobranza, donde se invita a regularizar la situación fiscal de contribuyentes con créditos no cubiertos; de igual forma se atienden y tramitan las aclaraciones solicitadas por el deudor, lo que posibilita enviar al contribuyente los formularios necesarios para el pago de sus adeudos y evita su desplazamiento físico a las oficinas del SAT.
Ventajas del Cobro Persuasivo
Entre las principales ventajas se encuentran las siguientes:
1. No produce costos adicionales para los contribuyentes.
2. Logra mayor acercamiento con los contribuyentes que tienen adeudos fiscales y, empatía con sus necesidades particulares.
3. Agiliza y facilita el procedimiento para el pago de los créditos.
4. Acerca y facilita la atención telefónica a los contribuyentes.
Cómo verifico si un documento fue enviado por el SAT
Qué ha hecho o enviado el SAT
Envío de formularios múltiples de pagos electrónicos
Centro Telefónico de Cobranza
Para cualquier aclaración o comentarios referentes a esta forma de cobro, ponemos a su disposición el Centro Telefónico de Cobranza, disponible de lunes a sábado de 8:00 a 21:00 horas, a través de INFOSAT: 01 800 46 36 728, opción 9. Su llamada será atendida por personal especializado para resolver cualquier duda sobre sus adeudos, el contenido y autenticidad de las cartas-invitación, correos electrónicos, llamadas telefónicas, mensajes, así como de situaciones relacionadas con el Buró de Crédito.
El SAT mediante el Centro Telefónico de Cobranza, atiende consultas, reportes, y cualquier situación relacionada con los adeudos. El servicio es proporcionado a través de agentes telefónicos identificables para servicio de los contribuyentes, debiendo ser otorgado con respeto y cordialidad. Cualquier anomalía podrá ser reportada al correo electrónico cobranza@sat.gob.mx .
F
undamento legal
Artículos 1°;2°;3°; 4°;7°, fracciones I y XVIII, y 8°, fracción III, de la Ley del Servicio de Administración Tributaria publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de diciembre de 1995, en vigor a partir del 1°de julio de 1997 y modificada mediante decretos publicados en el mismo órgano de difusión social el 4 de enero de 1999, el 12 de junio de 2003 y 6 de mayo de 2009, vigentes a partir del día siguiente de su publicación.
Artículos 2, primer y tercer párrafos;9, penúltimo párrafo;25, fracciones VII,X y XXXI, y segundo y tercer párrafos, y 26 apartado B del Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria, contenido en el artículo Primero del “Decreto por el que se expide el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria y se modifica el Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 22 de octubre de 2007, en vigor a partir del 23 de diciembre del mismo año.
Última actualización: 02/febrero/2010, 13:32, información vigente
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