Espero que alguien del foro me pueda orientar respecto a lo siguiente:
Una Persona Moral que al 31 de Diciembre de 2008 tiene saldo en la Cufin y en este año de 2009 tuvo pérdida fiscal por lo tanto su resultado fiscal es cero, pero tambien tuvo gastos no deducibles, mi duda es que si como tuvo gastos no deducibles éstos me disminuyen mi saldo de Cufin que tenía al 31 de Diciembre de 2008. Según mi criterio así debería de ser según el artículo 88 4to. párrafo de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, es correcto?