26/Feb/10 18:36
Re: GASTOS DE EJERCICIOS DEL 2009
JUANAPEREZ:
…. comprobantes de pagos que se realizaron en Enero de 2010 y que corresponden a gastos de gasolina de papeleria con fecha de diciembre de 2009. Son deducibles para una persona fisica de regimen intermedio.
Claro que son deducibles:
Fundamentos:
Para ISR:
LISR
Artículo 31. Las deducciones autorizadas en este Título deberán reunir los siguientes requisitos:
XIX. Que al realizar las operaciones correspondientes o a más tardar el último día del ejercicio se reúnan los requisitos que para cada deducción en particular establece esta Ley. Tratándose únicamente de
la documentación comprobatoria a que se refiere el primer párrafo de la fracción III de este artículo, ésta se obtenga a más tardar el día en que el contribuyente deba presentar su declaración……..
Para IETU.
LIETU
Comprobantes expedidos en el ejercicio anterior al pago
I.4.10.Para los efectos del artículo 6, fracción IV de la Ley del IETU, también se considera que se cumple el requisito relativo a la fecha de expedición de la documentación comprobatoria establecido en el artículo 31, fracción XIX, primer párrafo de la Ley del ISR, cuando
el comprobante respectivo haya sido expedido en un ejercicio fiscal anterior a aquél en el que se haya efectivamente pagado la erogación deducible.
Consultar también el Art. 134 Primer párrafo y el Art. 125 último párrafo, ambos de LISR.
Saludos
'El optimista piensa que el realista es pesimista.
El pesimista dice que el realista es optimista.
El realista sabe que el optimista es idealista.'