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30/Oct/09 09:35
DEDUCCION DE ACTIVO

Buen día amigos de fiscalia, tengo el siguiente asunto:

Una p fisica no es sujeta de credito debido a q cuenta apenas con 18 años de edad y no tiene historial crediticio, entonces decide que su hermano que si es sujeto de credito, solicite un credito automotriz para la adquicicion de una camioneta, por falta de conocimiento lo hicieron asi, pero el credito esta a nombre del hermanoy la factura la tiene el banco por lo que es imposible la deduccion de la camioneta por parte de la p fisica, al menos que :

El hermano se de de alta como arrendador y el rente la camioneta, pero se puede aunque la factura la tenga el banco ???

Habria que estudia el costo beneficio de hacerlo asi, puesto que si bien la p fisica deduce un gasto, el hermano como arrendador acumula un ingreso.

Que me aconsejan, habría manera de q la p fisica dedusca ese bien, puesto q es quien la va a pagar y utilizar, pero el credito y el auto esta a nombre del hermano. :cool:
De ante mano gracias por su tiempo.
 
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ELBOFO
Soldado

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30/Oct/09 13:27
Re: DEDUCCION DE ACTIVO

Buenas tardes:

Cuentan los 2 hermanos con registro federal de contribuyentes?

en caso de que si, ¿cuales son sus actividades de cada uno? ¿bajo que régimen estan dados de alta? ¿Que obligaciones fiscales tienen?

Creo que por ahí pudieramos comenzar a opinar más acertadamente.

Saludos...





:smile:
 
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PrincipiantePeroConGanas
Sargento Segundo

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30/Oct/09 16:46
Re: DEDUCCION DE ACTIVO

Buena tarde, desde luego:

la persona fisica esta en el regimen de actividad empresarial y se dedica a la comercializacion de articulos deportivos, y el hermano quien saco el credito de la camioneta esta como sueldos y salarios, es futbolista.

Es un credito con scotia banc, a 24 meses con enganche y sin penalizacion por pago adelantado.

Espero y esto ayude, si se ocupa mas informacion para dar una opinion por favor diganme.
 
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ELBOFO
Soldado

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30/Oct/09 19:20
Re: DEDUCCION DE ACTIVO

Buena tarde:

Considero que primero se tiene que revisar la clausulas del contrato de crédito, en virtud de que podría tener algunas restricciones. Tomando de la web, las clausulas de un contrato de crédito automotriz, de un banco nacional, encontramos lo siguiente:

CUARTA.- DESTINO DEL CRÉDITO.- ……….En caso de adquirir un vehículo, el CLIENTE se obliga a destinar el mismo únicamente para su uso particular.

DÉCIMA SEXTA.- VENCIMIENTO ANTICIPADO.- Convienen LAS PARTES en que podrá darse por vencido anticipadamente el plazo para el pago del adeudo sin necesidad de declaración judicial previa, cuando se presente alguno de los siguientes casos:
……………………………………

d) Si EL CLIENTE transmite en cualquier forma la propiedad del vehículo adquirido con el crédito o le entrega en fideicomiso o lo grava en cualquier forma.
…………………………………………………….
f) Si EL CLIENTE no destinare el vehículo adquirido con el crédito a su uso particular.
…………………………………
h) Si EL CLIENTE transmite de cualquier forma sus derechos u obligaciones derivados del presente contrato.

Otro punto a verificar es el siguiente:

¿El comprobante (factura) reúne todos los requisitos fiscales, es decir, la clave del Registro Federal de Contribuyentes del adquirente de la camioneta, así como el Impuesto al Valor Agregado, fue trasladado expresamente y consta por separado?










Editado: Octubre 31, 2009 10:18:15
 

 
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a_cano
Teniente Coronel

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