07/Oct/09 14:28
Re: Registro en contabilidad de la compra de un equipo de transporte a plazos
Es importante ver también qué dice el contrato de crédito otorgado, pues puede haber diferentes panoramas.
Yo he tenido 2 casos de compras de Activo fijo y los dos se han manejado diferente.
Espero no estar diciendo disparatadas (ya los colegas me desengañarán), pero en una de ellas se aplicó: que si lo compras a Cia 'X' y ésta es pagada al 100% una parte por tu enganche y otra porque otra Cia 'Y' le da el pago complementario, mientras tu adquieres el adeudo con ésta última, como la Cía X se da por pagada al momento de la compra, tu puedes hacer deducible el 100% del IVA al momento de la compra y sólo te quedas con el adeudo de la YCia. Y los intereses+IVA que mensualmente se generen por el crédito, pues serían lo dedubible mientras q el resto del pago sólo cancelan adeudo. Y eso me lo confirmaron en un chat con el SAT.
En el otro caso que tuve, hablé a la Cia del crédito para preguntar alguna duda, y me dijeron que por alguna regla de ISR no cobraban IVA (estaba excento) por los intereses generados por el préstamo a la PM que lo adquirió, pero que el IVA del auto correspondiente a la proporción del préstamo otorgado, sería deducible Hasta que se liquidara el crédito. En aquel momento me dió la justificación legal en Reglamento, pero no la tengo presente. No sé si alguien pueda comentar si esto sigue vigente y cuál es el argumento legal.
Espero te ayude en algo el comentario.
LCF Erika González
'Yo sólo sé que no sé nada, pero creo saber más que aquel, que ignorando su ignoracia, cree saber más que yo.'