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26/May/09 09:48
En que rubro se declaran...???

Buen dia

Un contribuyente PF regimen intermedio se dio de alta en septiembre del 2008, no ha realizado operaciones y ademas esta PF es socio de una empresa que se ha estado liquidando desde 2006 y le ha estado entregando dinero proveniente de la liquidacion; y el monto de estos depositos es casi de 2' 000,000; y mi pregunta es donde declaro estos dos millones???

En algun renglo informativo de la declaracion anual???

Gracias por sus comentarios
 
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JHSR
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26/May/09 09:56
Re: En que rubro se declaran...???

Esos 2 melones ¿fueron reembolso de capital, utilidades o le estan pagando algun adeudo?
 
Yo solo se que no he pagado, ni pagaré...a mi que el gobierno me pague el suport.
 
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BR2
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26/May/09 10:30
Re: En que rubro se declaran...???

Hola JHSR:

No se si te refieres a lo expresado en el Art 86-A LISR.

En los foros de aquí y por otras parte, existen grandes controversias sobre la aplicación de esta disposición.

El mismo SAT, incluye en su página procedimientos que no se expresan en el propio Art. 86-A LISR. Ni tampoco ha emitido alguna regla para su cumplimiento y el esclarecimiento.

El criterio del SAT es de que aplica por el momento, un concepto de EFECTIVO muy distinto a lo que significaría como por ejemplo el Boletín de EFECTIVO del Colegio de Contadores Públicos (IMCP)

Los despachos de auditoría importantes, opinan que ante la duda, deben aplicarse esas informativas del Art 86-A de todas formas. Pues, no se sabe en que momento pudiese cambiar de criterio el SAT, pues su criterio no se muestra plamado en alguna disposición como por ejemplo en la RMF. Únicamente se encuentra presentada en una página de internet.

Te dejo las herramientas para que TÚ seas coopaticipe, de la confusión sobre la aplicación de esta regla. Y discúlpame por los malos deseos.


http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_13704.html

Artículo 86-A LISR. Los contribuyentes deberán informar a las autoridades fiscales, a través de los medios y formatos que para tal efecto señale el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general, de los préstamos, aportaciones para futuros aumentos de capital o aumentos de capital que reciban en efectivo, en moneda nacional o extranjera, mayores a $600,000.00, dentro de los quince días posteriores a aquél en el que se reciban las cantidades correspondientes.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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26/May/09 17:18
Re: En que rubro se declaran...???

En si mi duda es que esta persona esta recibiendo dinero de una empresa que se encuentra en liquidacion desde el 2006, y en el 2008, recibio un poco mas de 2 millones de pesos; mi pregunta es si esos 2 millones se 'DECLARAN' en algun rubro de la declaracion anual del 2008 de el como Persona Fisica.

Esta duda me surgio porque es socio de varias empresas y si desea inyectarle dinero a alguna otra, dicha aportacion podria originar saldos a favor de impuestos y Hacienda en algun momento determinado podria cuestionar de donde provienen esos recursos y podrian decirme q 'los debi' de haber declarado en la anual del ejercicio donde obtuvo el dinero.

Gracias por sus comentarios.
 
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JHSR
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