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16/Abr/09 15:11
Re: DEDUCCIÓN DE GASTOS DE VIAJE

Chariloren: para tu supuesto aplica la Fracc. V del Art. 32 LISR

Gastos de viaje
V.
Los viáticos o gastos de viaje, en el país o en el extranjero, cuando no se destinen al hospedaje, alimentación, transporte, uso o goce temporal de automóviles y pago de kilometraje, de la persona beneficiaria del viático o cuando se apliquen dentro de una faja de 50 kilómetros que circunde al establecimiento del contribuyente. Las personas a favor de las cuales se realice la erogación, deben tener relación de trabajo con el contribuyente en los términos del Capítulo I del Título IV de esta Ley o deben estar prestando servicios profesionales.
 
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16/Abr/09 17:11
Re: DEDUCCIÓN DE GASTOS DE VIAJE

Muchas gracias....
 
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chariloren
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16/Abr/09 17:46
Re: DEDUCCIÓN DE GASTOS DE VIAJE

De nada... seguimos en contacto.
 
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