Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2 3

Mensaje Autor

Arriba
09/Feb/09 19:37
Re: IETU PP ENERO 2009

CONICIDO CON BRUNO EN CUANTO A LO DE SER ARRIESGADO, (TENIENDO CONTROL SOBRE TODO EL PANORAMA, PARA ESTAR FUNDADO EN UNA REVISION).....Y SI LA PRESENTAS ?....Y SI TE LA ACEPTAN?..........DICE BRUNO, SI CAPICI?


SALUDOS
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Feb/09 11:10
Re: IETU PP ENERO 2009

Saludos

Realice una consulta con un asesor del sat, el cual menciono que se puede aplicar el credito fiscal a partir de enero del presente ejercicio sin necesidad de presentar la declaracion anual, fundamento?

No dio solo menciono que es criterio interno del sat....

Pero bastara para una defensa...mm

Creo que aqui entra lo del costo-beneficio que anteriormente mencionaron
 
'Si tu problema tiene solucion que te preocupa y si no lo tiene que te preocupa...'
 
Perfil

Rgomez
Cabo

Mensajes: 49
Ingresó: Octubre 31, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Feb/09 14:03
Re: IETU PP ENERO 2009

Independietemente de que el IETU debe calcularse de manera anul, existe cierta simetría con el IVA, en específico porque porque su manejo es por flujo mensual.

Creo que en esto se basa el criterio del SAT, ya que a diciembre de 2008 traes arrastrando un Credito Fiscal de IETU que se va a ver reflejado en tu declaración anual de 2008 pero que vas a aprovechar desde enero de 2009, siguiendo el flujo de diciembre 2008 a enero 2009.
 
LC Roberto García
 
Perfil

robertgd
Sargento Segundo

Mensajes: 60
Ingresó: Junio 02, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Feb/09 14:06
Re: IETU PP ENERO 2009

considero que NO ES SUFICIENTE PARA UNA DEFENSA.............porque empezando se me hace que ni el nombre del asesor que dijo eso , lo conocemos......o si ?

y luego son bien rajones...........'no, yo nunca dije eso', ...o como los llamas al ofrecer una prueba testimonial?....no van


en fin,



saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Feb/09 15:52
Re: IETU PP ENERO 2009

estoy de acuerdo contigo lobo, a el 'criterio interno de hacienda' no es un medio de defensa muy solido, depende de cada quien que procedimiento va a seguir considerando los pros y contra.

Sin embargo tendria uno que analizar, en una revision el SAT se basa en criterio o en fundamento?... Eres factible a una posible revision... el monto del credito vale la pena para correr el riesgo...

bueno decision de cada contador.

saludos
 
'Si tu problema tiene solucion que te preocupa y si no lo tiene que te preocupa...'
 
Perfil

Rgomez
Cabo

Mensajes: 49
Ingresó: Octubre 31, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Feb/09 16:22
Re: IETU PP ENERO 2009

el costo beneficio, jamas entran en las determinaciones de impuestos.

Cuando entraria es cuando, lleguen a objetarlo. Ahi si que debe de entrar.


Considero que mientras NO SE DETERMINADO = declarado, el credito del art 11 LIETU, no puede se acreditado. Asi intepreto esa disposicion y considero que el SAT coincideria con el punto.

Donde tal vez, no se coincida es que si se permiteria aplicar una determinacion de manera anticipada. Segun por mi parte, es que si. Quizas el SAT es que no, pues la ley marca una fecha y su criterio es ESTRICTO, pero sujetandose unicamente a la propia ley.

Mi criterio se basaria en tambien de cumplirse con PROPORCIONALIDADES en los pagos provisionales del año subsecuente. Y esta luz, la emite la CPEUM en el art 31 F-IV

De cualquier manera, le corresponde al propio contribuyente decidir, que es lo que tendria que hacer. Y si se gusta, se podria hacer a lado criterios del SAT o cualquier otra persona.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
10/Feb/09 19:07
Re: IETU PP ENERO 2009

ijuesu que dificil es entenderte entique, tan ambiguo como siempre..........

claro que el costo beneficio NO ENTRA EN LAS DETERMINACIONES DE IMPUESTOS...................ENTRA O SALE MAS BIEN DE LA CABEZOTA DE CADA QUIEN DE SU CEREBRO, DE SU CACUMEN, CUANDO ESTA DESVANANDOSE LOS SESOS, Y PENSANDO , .....ME LA JUGARÉ, NO ME LA JUGARÉ, ........SALE DE SUC EREBRO CUANDO TOMA LA DECISION PARA DETERMINAR SUS IMPUESTOS......PORQUE SABE QUE SI TOMA UNA MALA DECISION EL COSTO SERA MAYOR QUE EL BENEFICIO.......
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Feb/09 12:30
Re: IETU PP ENERO 2009

Es un hecho una cosa es decir y otra hacer....

¿Porqué lo digo?... simplemente por que el día de ayer me topé exactamente con la misma situación, y recordé el consejo que yo mismo dí 'elabora la anual, pon bien el IETU (con su crédito) y el ISR como quiza traigas pérdida ponlo estimado'.....

En sí, se que aunque tengo varios compromisos con varios contribuyentes, sacaré PP de todos y me aviento la anual del que tiene el caso que le pega el IETU al no aplicar el crédito que sé que tiene...sino lo hago lo haré pagar $100,000.... si fuese una cifra de 50mil no me preocupo, pero cuando veo cifras de 6 dígitos como que me mueve mas a quitarme la modorra y ponerme a chambear...

Es mas ¿si se tienen determinados los PP y el importe acumulado del IETU (ingresos/egresos) es suficiente para concer el crédito de la anual no?, digo, así de fácil....claro esta, no aplican los créditos fiscales


Ni modo, la vida del contador!!!
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
Perfil

Bruno
Capitán Primero

Mensajes: 665
Ingresó: Mayo 02, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Feb/09 13:30
Re: IETU PP ENERO 2009

Para las personas morales es la solucion mas idonea, pero para las personas fisicas?. si ni el famoso Declarasat lo han actualizado.
 
Perfil

elvin
Sargento Primero

Mensajes: 93
Ingresó: Marzo 10, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
11/Feb/09 13:43
Re: IETU PP ENERO 2009

elvin..

De hecho, creo que para PF aún cuando presenten la declaración antes de abril, esta se considerará presentada el 1ro de abril....algunos dicen que es con el fin de que la autoridad se cubra para la actualización de saldos a favor... pero, se lleva de 'corbata' todo lo inherente a la declaración anual y sus efectos...bueno, eso interpreto...
 
Sólo comprendemos aquellas preguntas que podemos responder........... El hombre de talento es naturalmente inclinado a la crítica, porque ve más cosas que los otros hombres y las ve mejor
 
Perfil

Bruno
Capitán Primero

Mensajes: 665
Ingresó: Mayo 02, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2 3