25/Sep/08 12:59
Re: impresión y venta de libros exenta o tasa 0%?
CONSIDERO QUE ESTA EXENTO Y EN CUANTO A LOS QUE ESTAS IMPRESOS EN MEDIOS ELECTRONICOS OJALA Y SIRVA ESTO:
CRITERIO 89/2007/IVA Exenciones. Publicaciones electrónicas.
De conformidad con el artículo 9o., fracción III de la Ley del Impuesto
al Valor Agregado no se pagará el citado impuesto, tratándose de la
enajenación de libros, periódicos y revistas, así como el derecho para
usar o explotar una obra, que realice su autor.
Ahora bien, el artículo 123 de la Ley Federal del Derecho de Autor
establece que el libro es toda publicación unitaria, no periódica, de
carácter literario, artístico, científico, técnico, educativo, informativo o
recreativo, impresa en cualquier soporte, cuya edición se haga en su
totalidad de una sola vez en un volumen o a intervalos en varios
volúmenes o fascículos, comprenderá también los materiales
complementarios en cualquier tipo de soporte, incluido el electrónico,
que conformen, conjuntamente con el libro, un todo unitario que no
pueda comercializarse separadamente. Igualmente, indica en su artículo
128 que las publicaciones periódicas gozarán de la misma protección
que los libros.
Por lo anterior, en términos del artículo 9o., fracción III de la Ley del
Impuesto al Valor Agregado, se encuentra exenta del pago del impuesto
al valor agregado la enajenación de libros, periódicos y revistas
impresas en medios electrónicos.