12/Sep/08 14:53
Re: IETU y deducción de inversiones usadas
Hola, segun mi interpretacion , el 5to transitorio dice 'se entiende por inversiones las consideradas como tales para efectos de LISR' (osea lo que es inversion en LISR es inversion en IETU) y por nuevas las que se utilizan por primera vez en Mexico ( en este caso interpreto que se esta hablando de productos importados [que se incorporen al activo fijo] ya sean nuevos o usados, y que se consideran nuevos porque se van a utilizar por primera vez en Mexico.).
Si es un bien importado por una persona y vendido despues a otra persona, aplica la primera parte del parrafo, ya que la LISR lo considera inversion, aunque ya no sea nuevo.