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24/Sep/07 16:08
PAGO DE LO INDEBIDO ???

BUENAS TARDES

PIDO SU OPINION AL SIGUEINTE CASO:

EN EL MES DE ENERO DEL 2007 POR ERROR DEJE DE PAGAR $21,000.00 DE IVA EL CUAL A LA FECHA ADEUDO.

EN EL MES DE MARZO POR OTRO ERROR PAGUE $14,000.00 MAS POR CONCEPTO DE IVA

YA ANALICE LAS REGLAS PARA COMPENSACION Y SI PUEDO COMPENSAR LOS 14 000 CONTRA LOS 21 000

PERO ME SURJE LA SIGUIENTE DUDA LOS 14,000.00 AUNQUE EL PORTAL BANCARIO ME LOS MUESTRE EN LA COMPLEMENTARIA COMO SALDO A FAVOR, YO PIENSO QUE [color=red:fb9b3d5b17]ES PAGO DE LO INDEBIDO [/color:fb9b3d5b17]Y SEgUN EL FORMAto 41 ASI LO DEBO MANIFESTAR

estoy en lo correcto


gracias por sus comentarios
 
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CYMINGENIERIA
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24/Sep/07 17:17
Re: PAGO DE LO INDEBIDO ???

1.- Para proceder a compensar el saldo de Marzo que considerarias COMO INDEBIDO, cuando realices la complementaria en el banco dejando el saldo a favor que corresponda o el saldo a cargo menor a los $ 14,000 que determinastes.... ahi se presentaria cual seria el importe del pago de lo indebido.... puesto que señalaria el pago que anteriormente pagaste y como y con que fecha se efectuo (presentarse 1 dia antes del siguiente punto)

2.- Por otro lado comentas que tienes un saldo a cargo, procederias a señalar que pagarias, pero a su vez compensaria un saldo que previamente señalaria como PAGO DE LO INDEBIDO (recomiendo hacer este paso 1 dia despues la presentacion de la declaracion complementaria del mes de enero) pagarias en efectivo la diferencia a cargo que resulte mas recargos y actualizaciones correspondientes

Si en el portal te sale un saldo a favor.... no lo seria, pues estas manifestando un importe a favor previo al resultado final o uno a cargo, segun sea tu caso. Ese seria el resultado definitivo.... el valor al ultimo renglon seria el pago de lo indebido una vez que se compare con lo pagado previamente, que no tendria nada que ver con IVA.... simplemente es un saldo a favor pero ya no de impuesto=pago de lo indebido.

3.- luego presenta el aviso y la documentacion que proceda para sus compensacion.

4.- Si el orden de los puntos 1 y 2 no son buenos, vuelve a intentar a ser las complementaria hasta dar con el orden que corresponda, puesto que si metes el tramite con el orden inverso, negaran el tramite.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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25/Sep/07 9:53
Re: PAGO DE LO INDEBIDO ???

me parece muy acertado tu comentario


gracias
 
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CYMINGENIERIA
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