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18/Sep/07 12:03
Responsabilidad solidaria de asesores fiscales 2008

CFF

SE PROPONIA:

Serán responsables solidarios a los asesores en materia fiscal por las multas a que se haga acreedor el contribuyente, cuando derivado de la prestación del servicio o asesoría otorgada al contribuyente, éste omita el pago total o parcial de las contribuciones (art. 26, fracción XVI)

LOS DIPUTADOS DICTAMINARON QUE:

Ya no serán responsables solidarios, pero podrán hacerse acreedores a una multa que irá de $35,000.00 a $55,000.00, al reestructurarse las disposiciones relativas a esa clase de infracciones (arts. 89 y 90)


Me salve, ya que con lo que cobré me alcanza para pagar esa misera mutilla..... :evil:
 
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BR1
Coronel

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19/Sep/07 11:10
Re: Responsabilidad solidaria de asesores fiscales 2008

Pero mucho ojo, el dictamen fue aprobado para el efecto de determinar una multa formal a la que señalas, mas una agravante que va del 20% al 30% sobre la contribución omitida, siempre y cuando esta multa no exceda de dos veces los honorarios cobrados.

Así la pintaron nuestros ilustres legisladores, así que aguas con las opiniones que brindemos por escrito, pues saldremos bailando con una multa formal y otra de fondo de la contribucion omitida.

Saludos!
 
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Abogado
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19/Sep/07 11:25
Re: Responsabilidad solidaria de asesores fiscales 2008

¿sera que ahora tendriamos que fincar responsabilidades de pago de multas imputables al patron en nuestros contratos?

Siendo algo absurdo pero primero se paga el pato y luego haber si nos responde el patron.

Habra muchos amparos por esa medida
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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19/Sep/07 11:32

Ahora resulta que no obstante nuestra opinion resute acertada, seremos sancionados. Que pasa si el sentido de mi opinion es contradictoria a la opinion de la autoridad, pero al final de cuentas el sentido que adopte es confirmado por los tribunales? aun asi me sancionaran?

Que dice el articulo 5 de nuestra Constitucion??
 
DS
 
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CERVANTES-QUIJANO
Capitán Primero

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