Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1

Mensaje Autor

Arriba
17/Nov/06 14:19
deducciones de personas fisicas

por favor aclarenme esta duda
Si una persona fisica del reg. gral. no liquida sus compras en el ejercicio, no son deducible??? esto es, por lo establecido en el art. 125 de LISR, fracc. I que señala que se debe expedir el chq. y entre la dif. de expedicion y cobro del mismo no debe exceder de 4 meses.
que pasa si no expedi cheque y lo pague antes de 4 meses???
 
Perfil

GORGY
Subteniente

Mensajes: 139
Ingresó: Junio 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
17/Nov/06 14:26
Re: deducciones de personas fisicas

lo deduces hasta que lo pagas, y en tu conciliacion fiscal contable te quedara como no deducible en el apartado deducciones contables no fiscales...

Espero te sirva este comentario........
 
Perfil

BISONTE
Sargento Segundo

Mensajes: 56
Ingresó: Octubre 14, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
18/Nov/06 22:03

las deducciones deben corresponder al ejercicio en el cual se pretenden deducir, recuerda que si lo deduces en otro ejercicio ya no sería deducible. En persona física se maneja el flujo de efectivo y debes considerar el monto del pago para determinar si debiste haber o no pagado mediante cheque nominativo
 
SER TENAZ EN METAS TRAZADAS
 
Perfil

jjre17
Cabo

Mensajes: 29
Ingresó: Junio 02, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Nov/06 10:05
Re: deducciones de personas fisicas

gracias por sus comentarios, BISONTE y jjre17, pero sigo con la duda, ya se que es con flujo de efectivo la causacion de los imptos. pero si lo pago en el ejercicio siguiente, por no corresponder al ejercicio de la factura es no deducible???
 
Perfil

GORGY
Subteniente

Mensajes: 139
Ingresó: Junio 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Nov/06 10:14
Re: deducciones de personas fisicas

Recuerda que en la contabilidad lo tienes que dejar en el pasivo, y cuando lo pagues te es deducible independientemente del mes en que se pague, unicamente los gastos tienen vigencia de 4 meses, las compras no, entonces cuando lo pagues lo deduces, pero recuerda que tienes que dejar asentado en tu contabilidad esa compra en el ejercicio que corresponda...

Saludos .....
 
Perfil

BISONTE
Sargento Segundo

Mensajes: 56
Ingresó: Octubre 14, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Nov/06 10:27
Re: deducciones de personas fisicas

De acuerdo con la mecanica del calculo de contribuciones de personas fìsicas es en base como bien sabemos en flujo de efectivo, sin embargo existen operaciones que al termino del ejercicio fiscal se quedaron pendiente de cubrir como en el ejemplo que señalas, esta operación es deducible si realizas el pago antes de los cuatro meses del siguiente ejercicio cumpliendo con el pago a través de tu cuenta bancaria. Si el gasto es menor a 2000 no tienes la obligación de pagarlo con cheque queda opcional a tu criterio la deducibilidad con el riesgo en un futuro de hacerte no deducible la factura.
 
Perfil

JoseAntonioCarrilloM
Subteniente

Mensajes: 137
Ingresó: Mayo 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
21/Nov/06 11:58
Re: deducciones de personas fisicas

nuevamente gracias por sus comentarios BISONTE y joseantonio, ya me quedo claro, solo que no entiendo por que dices BISONTE, que a las compras no les aplica lo de los 4 meses, si el art 172, habla de deducciones en general, o hay aguna disposición, donde mencione lo que dices de las compras????
 
Perfil

GORGY
Subteniente

Mensajes: 139
Ingresó: Junio 25, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1